Comienza el álgido debate en el Congreso por la modificación de la ley de alquileres que fue sancionada en 2020 y que fue rechaza por las inmobiliarias que ejercieron una fuerte presión al aumentar el valor inicial de los alquileres y al quitar inmuebles del mercado. Los puntos en el centro de la polémica son la duración de los contratos, el plazo de actualización por inflación, el tipo de regulación de los precios y los impuestos a pagar.
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En la tarde del martes se reúne desde las 15 la comisión de Legislación General en el Congreso para comenzar el debate de la Ley. Desde el oficialismo adelantan que buscarán crear un proyecto en consenso con la oposición que "mejore la legislación actual".
"Los proyectos enfrentan dos modelos. Uno de negocios y uno de derechos", afirmó a El Destape Gervasio Muñoz, quien pide profundizar la normativa creada a partir de 2020 y no volver a un mercado de alquiler sin regulaciones. Desde Inquilinos Agrupados apoyan los proyectos presentados por los diputados José Luis Gioja y Gisela Marziotta.
Los ejes en disputa.
Plazo de actualización y método de indexación
La vigente ley de alquileres establece un aumento anual cuyo porcentaje surge del promedio entre la inflación anual y el incremento de sueldos. Las inmobiliarias exigen que el aumento sea semestral debido a que consideran que la variación anual erosiona los ingresos de los propietarios.
Desde el macrismo, el diputado nacional del Bloque Encuentro Federal (JxC), Emilio Monzó, presentó un proyecto para que el incremento sea por el promedio oficial o por lo que acuerden las partes. La iniciativa -que lleva las firmas de Margarita Stolbizer, Sebastián García de Luca y Domingo Amaya- establece un plazo para los incrementos que no podría ser inferior a los seis meses.
Por su parte, el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad (Cucicba), la Federación Inmobiliaria de la República Argentina (FIRA), la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y el Consejo Federal de Colegios Inmobiliarios (CoFeCI) presentaron una carta al Congreso exigiendo "la libertad contractual para las partes, en la determinación del sistema de actualización y en su periodicidad".
Para los inquilinos, la actualización semestral significaría un duro golpe para el bolsillo de los inquilinos que tienen aumentos de paritarias anuales, pero deberán afrontar incrementos cada seis meses. Además advierten que llevaría a un incremento de la pobreza y la inflación.
Duración del contrato
La vigente ley establece que los contratos deben durar tres años y fue determinado como un mecanismo para evitar que los propietarios suban los alquileres de forma desproporcionada al momento de renovar los acuerdos. En sintonía con los proyectos presentados por los legisladores de Juntos por el Cambio, las inmobiliarias ya pidieron "el cambio drástico en el plazo mínimo inicial de tres a dos años de duración de los contratos".
El diputado José Luis Gioja denunció que las inmobiliarias subieron los contratos de alquiler a propósito luego de que haya sido sancionada la ley para hacer lobby y perjudicar su implementación. Para evitar el ataque del mercado, el legislador propone también regular el valor inicial del alquiler y la renovación de los contratos. La iniciativa establece que el precio inicial de alquiler de contratos renovados destinados a vivienda tendrá como tope un 10%, mientras que el precio inicial de alquiler no podrá ser mayor 20% adicional del ajuste anual.
Impuesto a la vivienda ociosa
Uno de los reclamos de los sectores progresistas es que ante la salida de inmuebles del mercado de alquiler se cobre un impuesto a las viviendas que no son usadas por sus dueños, ni tampoco alquiladas.
Las inmobiliarias en el comunicado enviado al Congreso alertaron de forma insólita que la sola mención de "establecer un impuesto a la denominada 'vivienda ociosa' o 'un tope al valor del canon locativo´ podría profundizar el retiro de la oferta de un mayor número de unidades".
La iniciativa de Gioja propone elaborar un modelo de proyecto de ley para gravar en provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los inmuebles que podrían destinarse a la vivienda y que se encuentran deshabitados.