El procurador general interino Eduardo Casal firmó la resolución PGN Nº 41/23 que establece un mecanismo de revisión interno en el Ministerio Público Fiscal por el cual busca un mayor control sobre los sobreseimientos que propongan los fiscales. Los alarmantes vacíos reglamentarios que deja la norma interna y la referencia a artículos del nuevo Código Procesal Penal Federal (CPPF) que no están en vigencia tiñen el supuesto espíritu de ampliar los derechos de las víctimas. A esto se suma que su rúbrica coincide temporalmente con la decisión del juez Sebastián Casanello de sobreseer a la vicepresidenta Cristina Kirchner en una causa paradigmática de persecución judicial.
El 14 de junio pasado, a través de la resolución PGN 14/23, Casal reglamentó el mecanismo de revisión interno que debe regir en el MPF en casos de dictámenes de sobreseimientos, archivos y desestimaciones. Su decisión provocó mucho ruido entre los fiscales, ya que están quienes creen que la Procuración busca tener injerencia y control en este tipo de decisiones. Sobre todo en lo que hace a los sobreseimientos que postule un fiscal de primera instancia.
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La disposición de Casal coincidió temporalmente con el sobreseimiento que había pedido Guillermo Marijuán el 24 de mayo pasado en favor de CFK en el caso Ruta del Dinero K (que al final no era K) y que ordenó Casanello pocos días después, el 5 de junio. Esas decisiones fueron muy cuestionadas por la oposición y los medios hegemónicos de comunicación, que pretenden utilizar las causas de persecución judicial en la campaña electoral.
Mediante la resolución 14/23, en términos técnico-jurídicos, Casal extendió la revisión de los criterios de oportunidad a todos los actos desincriminatorios que tome un fiscal. Determinó que un fiscal superior revise lo que hace uno inferior si hay un pedido de una víctima en ese sentido. Pero no estableció con claridad el tiempo que tiene una víctima para hacer ese planteo. En ese punto remitió a un artículo del nuevo código que no entró en vigencia, el artículo 252.
Así las cosas, el procurador interino pretende que apliquen “de hecho” artículos del nuevo código que no entraron en vigencia (como los artículos 251 o 252) y avanza sobre las potestades de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal que es la única que puede poner en vigencia artículos del nuevo código mediante resoluciones que se publican en el Boletín Oficial.
En un año electoral y con tantas causas de persecución judicial abiertas, los vacíos que dejó la reglamentación provocaron todo tipo de suspicacias. Por ejemplo, Casal tampoco especificó qué tipo de víctimas tienen el derecho de hacer los pedidos de revisión: ¿alcanza solo a las víctimas directas o también podría alcanzar a una ONG que busca involucrarse en una causa? El interrogante es aún más grande en las causas de corrupción donde las víctimas son más difusas: ¿cualquier ciudadano podría considerarse una víctima allí? Esos son los expedientes que se utilizan para la persecución judicial.
En la mentada resolución, para la etapa inicial de un proceso, Casal resolvió que: “Cuando el representante del MPF estime que corresponde postular el archivo o la desestimación del caso o el sobreseimiento de alguna de las personas imputadas, deberá comunicar tal criterio del modo más ágil y desformalizado posible a la víctima”. “Efectuada la comunicación —y en línea con la pauta contenida en el artículo 252, 2do párrafo del CPPF—, ésta podrá requerir fundadamente la revisión de la decisión de desestimación, archivo o sobreseimiento ante quien haya considerado la promoción de la postura cuestionada para su examen por el fiscal superior, dentro del plazo de tres días, y sin que ello implique mayores exigencias formales”, agregó. “A tal fin, la víctima deberá brindar las razones por las cuales no está de acuerdo con el criterio adoptado por el fiscal del caso, de manera tal de posibilitar una adecuada revisión. Sin embargo, la ausencia de este recaudo no obstará este procedimiento”, indicó.
Para que el fiscal revisor se pronuncie en casos de archivo o desestimación, Casal fijó 3 días. Para los casos de sobreseimiento, 10 días. Y agregó: “Cuando el fiscal superior no ratificase la pretensión del fiscal del caso, deberá indicar el criterio o las medidas que considera que deben instrumentarse. En cambio, cuando la confirme, le comunicará la decisión al fiscal del caso quien, tras informar lo resuelto a la víctima, deberá remitir el dictamen al órgano jurisdiccional”.
En lo concerniente a la etapa intermedia, Casal estipuló que: “Para el supuesto en el que el fiscal estime procedente el sobreseimiento y no hubiera parte querellante, comunicará tal decisión a la víctima, quien podrá requerir fundadamente la revisión dentro del plazo de tres días”. Y estableció que cuando “la querella promueva la elevación de la causa a juicio y el representante del Ministerio Público Fiscal estime que debe postular el sobreseimiento (…) deberá presentar el dictamen desvinculante ante el órgano jurisdiccional con la constancia de aviso al fiscal que ejerza la facultad revisora, para que, cuando a éste se le dé intervención, ratifique el criterio de su colega de la instancia anterior o indique fundadamente el temperamento que aquel deberá seguir”. Determinó algo similar para la etapa de juicio.
En términos estrictamente técnico-jurídicos, la resolución de Casal (que tiene efectos sobre todo el país) podría ser correcta. Hace foco en los derechos de las víctimas y se hace eco del nuevo Código Procesal Penal Federal que por ahora solo rige de forma completa en 2 provincias, Salta y Jujuy. Pero los alarmantes vacíos reglamentarios de la resolución invitan a sospechar que este escrito pudo haber tenido como disparador la situación de CFK en el caso Ruta del Dinero y así buscar obstaculizar sobreseimientos en casos de lawfare.
Por ejemplo, como se decía unas líneas más arriba, Casal no establece de forma clara el tiempo que tiene una víctima para hacer su planteo de revisión: los tres días que se mencionan como presunto plazo ¿cuándo comienzan a regir, a partir de que se pide el sobreseimiento o cuándo la víctima es anoticiada? ¿Qué sucede si el juez concreta el pedido del fiscal antes de la solicitud de revisión de la víctima? No se especificó. Tampoco se aclara qué tipo de víctimas tiene el derecho de hacer esos planteos. En un caso de corrupción, ¿puede presentarse cualquier persona u organización como víctima? Están quienes creen que estos vacíos no son un olvido sino todo lo contrario y que pueden estar vinculados a la presentación de una ONG macrista contra CFK en el caso de la Ruta del Dinero que tiene Casanello.
A su vez, las definiciones de Casal chocan contra las potestades de la comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal. “Estos recursos se solían hacer a instancias de la bicameral”, explicaron fuentes judiciales. En la actualidad, el nuevo código se implementa de forma plena en Salta y Jujuy mientras que en otras jurisdicciones se hace de forma parcial. Y la comisión es la que tiene facultades para decir qué normas del nuevo código se van aplicando en aquellas otras provincias. “Casal acaba de sacar una medida que va más allá de lo que decía la comisión de implementación, que es reconocer el derecho a las víctimas a todas estas situaciones. Y lo hizo dejando muchas lagunas reglamentarias”, explicaron las mismas fuentes.
Por otro lado, la coincidencia temporal de la resolución interna de la Procuración General con la decisión de Casanello respecto al sobreseimiento de CFK es muy sugestiva.
Cuando el sobreseimiento de Cristina se encaminaba a ser un hecho firme y definitivo en la Ruta del Dinero, ya que no había quien lo cuestione ante una instancia revisora (fiscal, querellas de AFIP y UIF y juez coincidían respecto a situación procesal de la Vicepresidenta), de la nada apareció la asociación civil Bases Republicanas vinculada con Juntos por el Cambio y pidió ser aceptada como querellante. El pedido de la ONG macrista fue rechazado en primera instancia por Casanello pero está siendo discutido en la Cámara Federal porteña, donde el macrismo juega de local. El pedido tiene un solo objetivo: resistir la desafección de CFK de la causa. En ese marco, también de la nada, se dio la resolución de Casal respecto a los sobreseimientos.
La secuencia que provocó lecturas suspicaces en tribunales es la siguiente:
- El 24 de mayo el fiscal Marijuán pidió el sobreseimiento de Cristina en la causa Ruta del Dinero.
- El 2 de junio apareció una ONG macrista y pidió ser tenida por querellante en la causa.
- El 5 de junio el juez Casanello decidió hacer lugar al planteo de Marijuan y sobreseyó a CFK.
- El 6 de junio se conoció que Casanello rechazó el pedido de Bases Republicanas para ser querellante y la asociación civil apeló esa decisión ante la Cámara Federal porteña.
- El 14 de junio Casal firma la resolución sobre la revisión interna de dictámenes y no establece con claridad plazos ni especifica qué tipo de víctimas tendrán derecho a realizar los planteos.
- En la actualidad la apelación de la asociación civil se encuentra en la Cámara Federal porteña. La decisión sobre el rol de la ONG en esta causa está en manos de los jueces Mariano Llorens y Eduardo Farah. Llorens, que fue nombrado por Macri, fue recusado por los abogados defensores de Cristina, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy. Farah rechazó la recusación de su colega. De ser necesario un tercer juez en el caso deberá participar Pablo Bertuzzi, quien fue puesto a dedo en la cámara por Macri.
Si estos jueces aceptan a la ONG como querellante, Bases Republicanas podrá intervenir en el caso y así cuestionar las decisiones tomadas. Es más, están quienes interpretan que, de acuerdo a los vacíos que deja la resolución de Casal, la asociación civil podría pedir la revisión del dictamen de Marijuán por parte de un fiscal de cámara esgrimiendo un presunto rol de víctimas de la corrupción.
¿Qué solicitó hasta ahora Bases Republicanas en el caso? Que la vicepresidenta no sea desvinculada de la investigación. Quieren que siga atada al caso Ruta del Dinero. De acuerdo al escrito de Valeria Viola, titular de Bases Republicanas, la ONG que representa debiera ser tomada como querellante ya que “uno de los objetivos de la entidad es la lucha contra la corrupción”. Uno de los interrogantes que no surge de la resolución de Casal es si esta ONG puede ser considerada víctima en este caso. La duda se extiende a todas las causas de persecución.
Un dato relevante es recordar quiénes están detrás de esa asociación civil. Algunas de sus caras visibles son: Jimena de la Torre, socia fundadora de Bases Republicanas, integrante del Consejo de la Magistratura y exfuncionaria de la AFIP y de la UIF, dos de los brazos ejecutores de la persecución durante el gobierno de Macri; Pablo Nocetti, exjefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad a cargo Patricia Bullrich, quien estuvo involucrado en el caso de Santiago Maldonado; y Pablo Clusellas, exsecretario de Legal y Técnica de Macri, es decir, custodio de la firma del entonces presidente.
Con este marco político, la decisión de Casal no parece azarosa. Todo lo contrario, asoma como un instrumento al servicio del macrismo para seguir apuntalando el Lawfare desde los tribunales federales de Comodoro Py.