Lago Escondido: buscarán revertir el fallo a favor de Lewis en la Corte Suprema

Se desestimó el acceso al espejo de agua por el camino de Tacuifí justificando que ese planteo excede la petición original. Ahora, sólo queda llevar la causa a la Corte Suprema “porque se trata de un agravio a todos los argentinos”, de acuerdo al abogado a cargo de la causa. 

03 de septiembre, 2023 | 15.07

Tras una batalla judicial de más de 18 años por el libre acceso al Lago Escondido, el Poder Judicial de Río Negro falló a favor al magnate inglés Joe Lewis, propietario de la estancia (Hidden Lake SA) en el Lago Escondido y determinó que el acceso público al espejo de agua será por el sendero de montaña, que tiene 33 kilómetros y requiere alrededor de cuatro días de recorrido. De esta manera, desestimó el camino Tacuifí, más directo, y con un acceso vehicular de tan solo 10 kilómetros, que justamente atraviesa la mansión de Lewis. La exsenadora nacional y actual diputada electa, Magdalena Odarda, quien inició el reclamo, llevará el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en caso de que sea necesario. Organizaciones sociales ya preparan para enero la próxima marcha a Lago Escondido para "decir basta a Joe Lewis".

El viernes 31 de agosto, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro falló a favor de Joe Lewis revocando todas las sentencias de tribunales inferiores a lo largo del derrotero judicial que avalaban el camino de Tacuifí con el objetivo de garantizar el acceso público al lago Escondido. Lo hicieron la jueza Cecilia Criado y los jueces Ricardo Apcarián y Sergio Barotto. Estos últimos fueron recusados por presunta imparcialidad pero rechazaron apartarse. En tanto, se abstuvieron las conjuezas María Ignazi y Sandra Filipuzzi, quienes reemplazaron a Liliana Piccinini y Sergio Ceci, ambas recusadas. ambas recusadas.

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En diálogo con El Destape, el abogado de la Fundación Interactiva para Promover la Cultura del Agua (FIPCA), Joel Sverdlik, explicó que el STJ justificó su falló respaldándose en que la sentencia que se dictó en septiembre de 2005 sólo se refería a la servidumbre de paso del sendero de montaña y no estaba incluido el camino de Tacuifí y hubo intervenciones posteriores que tergiversaron el fallo inicial. “Toman esta decisión porque el mandamus que presentó Odarda cuestionaba el camino largo pero no hacía mención del camino Tacuifí, que recién se incorpora luego de que en una ampliación se hiciera el reconocimiento judicial que a lo largo de estos años la Cámara y otros juzgados empezaron a ingresarlo en el proceso”, detalló y enfatizó: “Ahora estos jueces dicen que se sobrepasaron ya que no era materia de conflicto de la petición originaria”.

Fallo a favor de Joe Lewis por el acceso al Lago Escondido: llevarán la causa a la Corte

Con este fallo a favor de Lewis se desestimaron las resoluciones a favor del acceso por Tacuifí dictadas en 2009, 2013 y en septiembre del 2022 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche, que el gobierno de la provincia de Río Negro también apeló. Se trata justamente del caso de Cuéllar que en febrero de 2013 ordenó realizar el acondicionamiento de la traza de 10 kilómetros. Medida que fue apelada por el gobierno de Río Negro y Hidden Lake, la estancia de Joe Lewis. Desde que comenzó la causa hace 18 años, los gobiernos de Pablo Verani, Alberto Weretilneck y Arabela Carreras estuvieron alineados con el magnate y apelaron todas las apelaciones a favor del acceso al espejo de agua por el camino que atraviesa la mansión de Lewis.

El Juez de ejecución (por Cuéllar) avanzó sin competencia alguna para hacerlo, y ordenó la constitución de restricciones o servidumbres administrativas a fin de afectar al uso público un camino privado”, aseguraron los jueces. “Al convalidar la equívoca resolución del Juez de ejecución, la Cámara de Apelaciones transgredió el principio de congruencia, vulnerando las bases elementales del debido proceso (artículo 18 de la Constitución Nacional)”, agregaron.

Sverdlik afirmó que este fallo tiene que ver con esta nueva conformación de Tribunal que, basado “en un rigorismo judicial” de que “los jueces se extralimitaron de las peticiones iniciales, no están cumpliendo el mandato de la Constitución provincial que dicta que ‘el Estado de Río Negro debe garantizar el acceso a todos los espejos de agua’ sino está ayudando a una persona que de manera fraudulenta se apropió de tierras que están limitando la frontera y dentro de un lago que no le pertenece”. 

“La Justicia debe ser justa, porque si se está planteando que el camino largo es un camino inaccesible y si solo pueden acceder personas entrenadas no se estaría velando el mandato constitucional”, agregó, apuntó contra la imparcialidad de los jueces y denunció que “tuvieron relación con Lewis a lo largo de estos años y cuando se pidió la recusación de ellos se rechazó”.

Un fallo en contra del acceso al Lago

En este marco, el abogado Ernesto Montecino, apoderado legal de Magdalena Odarda, confirmó a este medio que presentarán un recurso extraordinario federal para impugnar el fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro y llevará el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en caso de que sea necesario. 

"Se presentará un recurso extraordinario a la Corte Suprema en función de la irregular y los agravios a toda la Nación Argentina y los ciudadanos que implica está restricción al lago escondido y en el caso de que la Corte falle también a favor de Lewis se seguirá hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque acá lo que hubo es un incumplimiento del mandato de la Constitución y se está prohibiendo el acceso a cualquier ciudadano libre a un lago", enfatizó.

Fallo a favor de Joe Lewis por el acceso al Lago Escondido: llevarán la causa a la Corte

En este marco, el letrado confirmó que la Fundación Interactiva para Promover la Cultura del Agua (FIPCA) llevará adelante la octava marcha por el lago escondido. "Creemos que es un tema de soberanía y tenemos que seguir marchado y haciendo todo lo que debemos hacer para que ese lago sea público y de todos los argentinos", completó. 

18 años de batalla judicial por el acceso al Lago Escondido

En 2005, Magdalena Odarda llevó adelante un amparo contra Vial Rionegrina Sociedad del Estado (VIARSE), la Subdirección de Comisiones de Fomento, el Gobierno de la Provincia de Río Negro y Hidden Lake S.A., con el planteo de que se garantice el libre acceso al Lago Escondido. En este marco, se procedió a la reparación de caminos vecinales que conducen a aquel y de no encontrarse en condiciones, se construya una nueva vía de acceso. 

Ese mismo año, se amplió la demanda y se solicitó la declaración de nulidad de la servidumbre de paso existente y la constitución de una nueva a través del camino más corto, sugiriendo que podría utilizarse la huella abierta del camino Tacuifí.

Fue en septiembre que mediante la Sentencia 89/05, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) -con otra integración y por mayoría- rechazó el mandamus interpuesto, por falta de acreditación del agotamiento de la tramitación en sede administrativa y de la inexistencia de otras vías idóneas. No obstante ello, -en el punto segundo- advirtió cuestiones pendientes de resolución por parte de los requeridos y dispuso que en un plazo razonable debían finalizar los trámites administrativos registrales en orden al cumplimiento del Decreto 578/02 (cf. art. 2° de la Ley 17801) y lo propuesto por el señor Fiscal de Estado, para permitir y asegurar el acceso al Lago Escondido por el camino objeto de servidumbre, de acuerdo a las normas vigentes aplicables al caso.

En audiencia celebrada en diciembre de 2006 ante el Presidente del Superior Tribunal, la accionante y el Fiscal de Estado formularon un acuerdo, donde la Provincia tomó los siguientes compromisos: 1) Supervisar el trámite de inscripción de la servidumbre en un plazo de 30 días hábiles, 2) Realizar con las autoridades de VIARSE el proyecto ejecutivo de la traza en un plazo de 120 días corridos cada 10 km según la complejidad de la zona donde se debe trabajar y 3) Incluir el proyecto aludido en el presupuesto 2007. Allí, se consignó la expresa aceptación de la actora a la propuesta y que las partes consideraban necesario realizar un reconocimiento judicial in situ con presencia de VIARSE y Hidden Lake S.A. En atención a lo acordado, se ordenó tener presente lo convenido y se asignó el trámite de incidente de ejecución de sentencia del punto segundo del fallo de 2005. 

En 2009 el Superior Tribunal resolvió por Sentencia 64/09, tener por agotado el objeto del presente incidente -Expte. N° 21690/06- (punto primero) y fijar un plazo de 120 días para cumplir con la señalización así como las medidas de seguridad, conforme los considerandos, debiendo notificarse a VIARSE y al Consejo Provincial de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA). Para decidir de ese modo, consideró acreditada la inscripción registral de la servidumbre contemplada en el Decreto 578/02 y tuvo presente el informe de la Fiscalía de Estado donde consta que se llevaría a cabo la ejecución de obras de señalización y mejoramiento del sendero de montaña en cumplimiento con lo establecido en el art. 73 de la Constitución Provincial, así como el plan de acción elaborado por el CODEMA.

Ese mismo año, el Superior Tribunal rechazó las aclaratorias que había pedido la Fiscalía de Estado y Hidden Lake S.A. Cabe destacar que contra la resolución 64/09 la sociedad aludida interpuso recurso extraordinario federal, que no prosperó. 

En 2012 el Superior Tribunal dispuso la remisión del expediente a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la IIIª Circunscripción Judicial a los fines de asignar la competencia al Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones que corresponda para el seguimiento y cumplimiento de la Sentencia, en cuanto a la señalización y medidas de seguridad del sendero de montaña y demás bienes ambientales involucrados, que permita el acceso al Lago Escondido a cargo del Estado Provincial. Contra esa decisión, Odarda pidió aclaratoria y solicitó que se ordene explícitamente la apertura de los dos caminos de acceso al lago -el de montaña y Tacuifí-, la cual fue rechazada. 

En cumplimiento de lo ordenado, se iniciaron ante el Juzgado Civil, Comercial y Minería N° 3 de la IIIª Circunscripción Judicial, a cargo de Carlos Cuellar, las actuaciones caratuladas "Odarda, María Magdalena y otros c/ Vial Rionegrina Sociedad del Estado y otros -Mandamus- s/ Ejecución de sentencia monitorio". Allí el magistrado dictó la sentencia que luego fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativa de la IIIª Circunscripción Judicial.