En la víspera del paro y con un mal antecedente se encamina sentencia en casos que cuestionan todo el MegaDNU

El juez en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico remitió al menos 2 casos al Ministerio Público Fiscal para que dictamine “previo a dictar sentencia”. Dio “el plazo de 1 día” para que se expida el fiscal por lo que a partir del lunes, dos días antes del paro de las centrales obreras, el magistrado podría estar en condiciones de resolver. El antecedente del caso CELS y el rol de la Corte.

21 de enero, 2024 | 00.05

En la víspera del paro de las centrales obreras y los movimientos sociales contra las reformas regresivas del gobierno de Javier Milei en materia laboral, social y económica, se encamina la resolución en primera instancia de al menos 2 casos que cuestionan la constitucionalidad de todo el Mega DNU.

El juez en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico allana el camino para resolver los casos “Rizzo” y “Observatorio”, donde se pide la suspensión de todo el decreto, luego de sentar un mal antecedente al rechazar el jueves la cautelar contra todo el decreto que requirió el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y declarar “la inadmisibilidad formal” de la acción presentada por el organismo como proceso colectivo. En tribunales, el análisis más generalizado es que la resolución que se avecina será más política que jurídica.

El mismo jueves en que rechazó el planteo del CELS, Lavié Pico remitió al fiscal los casos “Rizzo” y “Observatorio” para que dictamine “previo a dictar sentencia”. Le dio al fiscal “el plazo de 1 día” para que se expida. Lo que da cuenta de que pretende darle velocidad a la resolución. Eso implica que el fiscal tiene hasta las dos primeras horas del lunes para dar su opinión, que no es vinculante. Es decir, 2 días antes del paro con movilización que harán las centrales obreras y los movimientos sociales. Luego el juez estará en condiciones de fallar. Su resolución podría ser en la víspera o inmediatamente después de la manifestación.

Las cartas ya están echadas. Todo indica que lo están desde que el mismo juez de feria desarmó el amparo colectivo al que le había dado curso su colega Esteban Furnari. No faltan quienes entienden que Lavié Pico tomó esa decisión con, al menos, un guiño de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Otros intuyen que hasta de la propia Corte. ¿La razón? La resolución “de fondo” de los primeros casos pueden llegar sobre el final de la feria justo cuando el Alto Tribunal empezará a analizar el tema. A finales de diciembre, cuando aceptó tratar un planteo contra el DNU que realizó el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, los supremos adelantaron que recién abordarán la presentación post receso de verano.

Lavié Pico giró los expedientes “Rizzo” y “Observatorio” al fiscal el jueves luego de que la sala de feria de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmara la disolución del amparo colectivo, decisión que había sido apelada por la Procuración del Tesoro, en representación del gobierno. La pretensión del Ejecutivo era que todos los expedientes tramitaran en un solo juzgado. La confirmación del desarme del amparo colectivo fue tomada por los camaristas Sergio Fernández (uno de los jueces con mayor influencia en el fuero) y Carlos Greco. ¿Qué alcances tuvo esa disolución? Que las diversas demandas contra el Mega DNU tramiten en los juzgados y fueros en que fueron presentados y no haya un juzgado del contencioso administrativo que hiciera de foco de atracción.

Lo que sucedió en el "caso CELS" no es un buen antecedente para el amparo que pretende Gente de Derecho, cuyo referente es el abogado Jorge Rizzo, quien también accionó de forma personal. El jueves Lavié Pico declaró “la inadmisibilidad formal” de la acción “como proceso colectivo” que presentó el CELS contra todo el articulado del DNU. A la par rechazó “la medida cautelar solicitada por la parte actora”. En el CELS estaban analizando si apelar la decisión ante la cámara o pedir un per saltum para llegar de forma directa a la Corte, que será al final de cuentas la que tendrá la última palabra sobre el mega DNU si no interviene el Parlamento.

Al caer el carácter colectivo del planteo del CELS, se pierde la posibilidad de suspender el DNU para toda la población si es considerado inconstitucional en ese caso puntual. Técnicamente, es por una cuestión de “legitimación”. Fuentes judiciales explicaron a El Destape que a esta altura la Justicia en lo Contencioso Administrativo está administrando el caso “políticamente”.  Por eso no parece azaroso que en ese fuero se empiecen a acercar las definiciones de “fondo” sobre el final de la feria. A esto se suma que si las dos cámaras del Congreso rechazasen al DNU, este caería y no haría falta la intervención judicial. Pero el Parlamento se viene moviendo lentamente en ese sentido. De allí que el foco pase a estar en el tercer poder del Estado.

En Tribunales ya se dieron algunos avances con cautelares en el fuero laboral, en la justicia federal de San Martín y Misiones. Esto puede multiplicarse tras el final de feria, es decir, a partir del 1 de febrero ya que hay decenas de presentaciones a lo largo y ancho del país.

Habilitan feria en caso de legisladores porteños contra DNU

La Justicia Federal habilitó este viernes la feria para tratar la Acción Declarativa de Inconstitucionalidad que presentaron legisladores porteños de Unión por la Patria (UxP) contra el DNU de Javier Milei. "Los argumentos esgrimidos para fundamentar la solicitud  revisten suficiente entidad como para disponer la medida", consideró el juez Lavié Pico. Y agregó que la demora en su trámite "entraña un riesgo cierto e inminente de frustración de derechos".

“Seguiremos protegiendo los derechos de los porteños y porteñas frente a las medidas irracionales del Gobierno Nacional”, tuiteó la legisladora Claudia Neira.

El bloque de diputados porteños de UxP había presentado la semana un recurso patrocinado por la abogada y legisladora Graciana Peñafort porque consideran que a través del DNU se afecta la vida de los porteños. Según explicó Neira a El Destape “se vulneran derechos de usuarios y consumidores porteños que están planteados en la Constitución de la Ciudad”. Por ejemplo, señaló que “nuestra Constitución no solo protege la vivienda digna sino que dice que el Estado de la Ciudad debe regular el alquiler temporario, algo que es claramente afectado por el DNU”.

El capítulo laboral llega a la Corte

El último jueves, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo aceptó el recurso extraordinario que presentó el gobierno para llevar a la Corte la cautelar que se dictó en el caso CGT y suspendió la aplicación del capítulo laboral del Mega DNU mientras se resuelve la cuestión de fondo.

La sala de feria integrada por Alejandro Sudera y Carlos Pose aceptó el planteo pero con efectos devolutivos y no suspensivos, por lo que la cautelar seguirá vigente.

Fuentes judiciales del mundo laboral explicaron a este medio que no es habitual que se conceda este tipo de recursos y si se concede tampoco es común que se haga de manera devolutiva, es decir, que se mantenga la cautelar hasta que intervenga la Corte. Lo que evidencia lo extraordinario de la situación.

Los camaristas sostuvieron que “aun cuando no se compartiese tal tesis, existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación”. Acto seguido, aclararon que se concede el recurso “al solo efecto devolutivo” porque los “trabajadores dependientes” son “un sector socialmente vulnerable”.

Y remarcaron: “La concesión del recurso con efecto devolutivo es la única forma técnica de preservar el principio de eficacia de la jurisdicción y permitir la solución de un conflicto que tiene gravedad institucional y que debe ser resuelto pretorianamente para salvaguardar el orden y la paz social” así como “que es necesario preservar el principio de división de poderes en que se apoya nuestra Carta Magna evitando todo eventual abuso de poder”.

La Corte recién tratará las presentaciones sobre el DNU tras la feria. Ya lo dejó dicho en el caso que planteó a finales de diciembre el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, quien recurrió al Alto Tribunal vía competencia originaria con el auspicio de los prestigiosos juristas Raúl Zaffaroni y Gustavo Ferreyra.

Además del caso CGT, que es el que llega a la Corte, el fuero laboral ya dictó cautelares en los casos CTA y el de otros tres sindicatos. A su vez, esta semana se siguieron sumando cautelares dictadas a favor de litigantes contra los aumentos de las prepagas en la justicia federal de San Martín. En este último caso, los efectos son individuales y no colectivos.

LA FERIA DE EL DESTAPE ►