Argentina aprobó el protocolo para las elecciones de Bolivia

De esta manera, se permitió el desarrollo de los comicios en el país de cara a las próximas elecciones del 18 de octubre.

01 de octubre, 2020 | 08.13

La Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Argentina solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores que se puedan llevar a cabo los actos preparatorios para que sus ciudadanos y ciudadanas en nuestro país puedan participar de las Elecciones Generales Nacionales 2020 a realizarse el día 18 de octubre de 2020.

A partir de este pedido, el Gobierno pidió que se gestionen las medidas de excepción sanitarias que resulten necesarias a los fines de permitir que las ciudadanas bolivianas y los ciudadanos bolivianos, puedan concurrir a los establecimientos habilitados en todo el territorio de nuestro país, con el fin de participar en la realización de esos comicios.

Para ello, se requiere un importante trabajo previo de coordinación con las distintas jurisdicciones provinciales y con la Ciudad de Buenos Aires. A través de la Decisión Administrativa 1784/2020, se informó la aprobación del protocolo elaborado por el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia.

Según se indica en la medida, dicho protocolo contempla la adopción de las medidas adecuadas para el desarrollo de los citados comicios en condiciones compatibles con el contexto impuesto por la pandemia de COVID-19. Además, la Constitución Política de Bolivia permite el voto de las ciudadanas bolivianas y los ciudadanos bolivianos residentes en el exterior.

En cuanto a los votantes, deberán tramitar el Certificado de Circulación que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS pondrá a disposición en un campo específico denominado “Voto Exterior”, habilitado en el link: http://argentina.gob.ar/extranjeros.

En cuanto a la organización, el Ministerio de Salud podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias para garantizar las condiciones de higiene y salubridad en todos los actos preparatorios del acto eleccionario. Los desplazamientos de las personas alcanzadas por la presente medida deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades relacionadas con los actos preparatorios del acto eleccionario.

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