Mientras el Congreso le daba media sanción a una ley de prevención de la Ludopatía y no lograba quórum para tratar la ley de Ficha de CFK Limpia, el gobierno de Javier Milei y Luis Caputo logró una vez más traficar el tema que más le interesa y que no se ponga el foco en su relevancia: en medio de toda esta vorágine, los legisladores no lograron tratar el DNU 846 por el cual Milei y Caputo eliminaron las restricciones para que los canjes de deuda sean en beneficio del país y, por ende, habilitaron que se mejoren las condiciones para los bancos y fondos de inversión.
Milei ya adelantó que vetará la ley de Ludopatía y que impulsará un proyecto nuevo para la proscripción que decidan los medios empresariales y ejecuten a través de jueces serviciales. Pero su apuesta fue un pleno al 846 en una ruleta donde timbean el país y en la que Milei y Caputo son en realidad gerentes de la banca. Los deudópatas sin freno.
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¿Qué es el DNU 846?
Con la firma del presidente y todo su gabinete, este DNU tiene 2 partes. Algo relevante para luego entender que además de que es grave, es nulo. Por un lado, deroga el artículo 13 del decreto 280/2024, vinculado a la regularización de la cartera de títulos públicos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES. Por el otro, modifica el decreto 331/2022 sobre los canjes de deuda y habilita tres cambios fundamentales:
- Permite canjear deuda en pesos a por deuda en dólares. Hasta ahora, debía hacerse en la misma moneda.
- Establece que los precios de los instrumentos de las operaciones de canje serán tomados a valores de mercado, cuando hasta ahora eran determinados por el valor técnico.
- Excluye estas operaciones lo que obliga el artículo 65 de la Ley de Administración Financiera, que establece que se pueden hacer canjes de deuda “en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”; es decir, habilita que beneficien a los acreedores externos por sobre el país.
Este decreto está vigente desde el 20 de septiembre y le permite al gobierno algo que no logró introducir en la Ley Bases: tomar deuda sin pasar por el Congreso y canjearla empeorando las condiciones para el país. Recién esta semana, la Cámara de Diputados intentó tratarlo y no tuvo quórum.
Hay un dato, sin embargo, que pasó desapercibido: que además de su obvio riesgo para el país, el DNU 846 tiene irregularidades en su confección y es nulo e inconstitucional. Esto lo reveló el abogado Francisco Verbic, integrante de la Coordinadora de Abogadxs de Interés Pública (CAIP), en un artículo que publicó en el blog Palabras del Derecho.
El DNU es un acto administrativo del Estado y, como tal, tiene que cumplir la Ley de Procedimiento Administrativo. El artículo 7 establece, entre otros requisitos esenciales, que existan informes técnicos que justifiquen la decisión que se adopta, “las causas que motivaron su emisión”. Y en el expediente del DNU 846 no hay ninguna explicación para eliminar las restricciones de los canjes de deuda.
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Desde la CAIP hicieron un pedido de acceso a la información pública para leer todo el expediente que, en teoría, da sustento al decreto 846. Primero se los negaron en base a las modificaciones que hizo el gobierno de Milei en relación al acceso a la información pública a través de otro decreto, el 780, que estableció que no deben revelar “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”. Insistieron y finalmente, lograron acceder al expediente completo. Ahí detectaron que no se respetó el procedimiento para redactar este DNU.
¿Que encontraron? Que en el expediente para sostener el decreto 846 “fue iniciado exclusivamente con la finalidad de modificar el artículo 13 del DNU 280/2022”, que refiere a cuestiones vinculadas al FGS de la ANSES, y que la modificación de las restricciones para los canjes de deuda “tramitó en secreto, escondida en un expediente que operó como un verdadero Caballo de Troya para permitir la eliminación de todo tipo de restricción en materia de canje de deuda pública”. O sea, lo incluyeron Milei y Caputo sin sustento de que fuera necesario, simplemente por los intereses de los acreedores del país.
“Fue recién durante el transcurso del trámite, y sin mediar respaldo o justificación técnica ni fáctica alguna, que se incluyó la modificación del artículo 11 del Decreto 331/2022. Esto es, una disposición que nada tiene que ver con el objeto original del expediente” detalló Verbic. Y agregó que “esta arbitraria e intempestiva inclusión del tema en el expediente, que modificó sustancialmente el objeto del procedimiento, configura una grave irregularidad que irradia sus efectos sobre la validez del acto en cuestión” y que “tanto los memorándums como el dictamen jurídico obrantes en el expediente omiten aportar elemento alguno (técnico y/o fáctico) para respaldar y justificar la decisión” de eliminar las restricciones para el canje de deuda.
En resumen, Verbic y la CAIP detectaron que “la modificación del artículo 11 del Decreto 331/2022 se produjo: (i) sin motivación ni causa que la justifique; (ii) sin elementos técnicos y/o fácticos que respalden la alegada necesidad y urgencia; (iii) sin control jurídico real sobre este aspecto del DNU; y (iv) desviando el objeto original del expediente administrativo que, según vimos, tenía por objeto una sugerencia de modificación de ciertas reglas vinculadas con el FGS”. Todo esto hace que sea nulo.
No es la primera vez que Milei firma un DNU viciado de nulidad. Lo hizo, tal como reveló El Destape, nada más y nada menos que con el decreto fundante de su gobierno, el 70/2023.
Caputo mantiene el camino allanado para un canje leonino. No hay freno a su deudopatía. Y, tal como detalló Fernando Alonso en El Destape, mientras el Congreso no lograba frenar el decreto 846 desde el Ministerio de Economía volvieron a emitir deuda para garantizar la fiesta financiera del carry trade. En algún momento, esos pesos colocados a una tasa superior a la devaluación van a requerir dólares para salir. Y Caputo, cumplirá un nuevo ciclo de ejercicio de su deudopatía.
La cuestión de la validez de este DNU clave para Milei se cruza con otro de los temas que atravesaron la semana: la ya explícita negociación entre el gobierno y el kirchnerismo para la designación del juez Ariel Lijo en la Corte Suprema. El cruce es evidente: si se reclama judicialmente por la validez del DNU 846, el caso terminará en la Corte. Milei propone a Lijo para que legitime sus acciones en el máximo tribunal. Si el peronismo aporta los votos para que esto suceda, será responsable de lo que suceda con este tema crucial para el futuro de la deuda y, por ende, del país.
Canje de deuda, Ficha Limpia, Lijo a la Corte, todos los temas se encadenan y tienen a CFK como protagonista. Durante su presidencia y la de Néstor Kirchner lograron los canjes de deuda que encauzaron al país en su último proyecto de desarrollo económico que incluyó una drástica reducción del peso de la deuda sobre el PBI.
Lo reconoció Nicolás Dujovne, ministro de Economía de Mauricio Macri, cuando detalló que en 2015 recibieron un país donde el Estado, las empresas y las familias estaban desendeudadas. Se ocuparon de reendeudarlas, entre Dujovne y el entonces ministro de Finanzas y hoy de Economía Caputo, con un préstamo con el FMI que tampoco cumplió los requisitos legales. Comodoro Py se ocupa de que el tema no escale, pero ya hay sobrada información al respecto a partir de un trabajo de la Auditoría General de la Nación (AGN).
La persecución sistemática a CFK, que hoy suma el capítulo de la Ficha Limpia, también está relacionada al desendeudamiento del país. Deber significa resignar soberanía, ceder la toma de decisiones a los acreedores. La aparición de un comunicado de la Cámara de Comercio de los Estados Unidos en Argentina (AMCHAM) donde las empresas estadounidenses que operan en el país reclaman por la ley de Ficha Limpia para proscribir a CFK despeja cualquier duda.
Según la AMCHAM “iniciativas como Ficha Limpia representan la señal de estabilidad institucional que el sector privado necesita para considerar seriamente a Argentina como un destino seguro para la inversión”. No lo piden en EE.UU., donde no existe. Lo piden en Argentina, para que los medios que ellos financian dicten fallos a los jueces que decidan quien puede ser o no candidato. A eso le llaman seguridad jurídica.
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Lo cierto es que es tan evidente que Ficha Limpia está dirigida a CFK como incomprensible el apoyo que, todo indica, darán sus senadores para la llegada de Lijo a la Corte Suprema. Todo se encadena, aunque no se entienda cómo.
Hay incluso algunos en el peronismo que fundamentan el apoyo a Lijo como una forma de molestar a Macri, férreo opositor a su desembarco en la Corte por una simple razón: que no lo controla y Lijo le mantuvo hasta hoy abierta la causa penal por intentar condonarle a su familia la multimillonaria deuda con el Estado por el Correo mientras era presidente. No se explica porqué se preocupan más por incomodar a Macri que por frenar el plan de miseria planificada por algoritmo de Milei.
Es cierto que el tema Correo es clave para Macri: puede terminar preso o fundido. Preso por la causa que tiene Lijo en el fuero penal; fundido si finalmente se ejecuta la quiebra de Correo y se extiende a SOCMA o SIDECO, las firmas del clan Macri que la controlaban. Esto último está en manos de la Corte, que tiene hace 3 años cajoneado el tema.
El dato de la semana es que el expediente Correo terminó de circular por las cuatro vocalías de la Corte, así que es posible Horacio Rosatti, Carlos Rosenkranz, Ricardo Lorenzetti y el saliente Juan Carlos Maqueda que definan la situación antes de fin de año, antes de un eventual desembarco de Lijo.