Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos de la Cámara de Casación Penal rechazó este miércoles las recusaciones presentadas por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para que los magistrados no intervengan en la causa Vialidad.
Los magistrados rechazaron in limine hoy la recusación que les presentó la defensa de la ex mandataria para que no intervengan en la revisión de la condena en su contra, y en el mismo fallo aceptaron la excusación de su colega Javier Carbajo, quien había planteado que debía apartarse porque ya había adelantado opinión sobre el caso, informaron fuentes judiciales.
Los abogados Alberto Beraldi y Ary Llernovoy recusaron a los jueces argumentando que ya habían intervenido previamente en otras instancias del mismo expediente y ello los inhabilitaba para la revisión de la condena.
Pero los propios reguladores resolvieron que la defensa de la vicepresidenta “no ha logrado demostrar, ni se advierte, que esas intervenciones anteriores de esta Sala IV en el proceso –relativas a la admisibilidad del recurso de casación- le permita albergar algún temor fundado de falta de imparcialidad objetiva”.
“La circunstancia de haber intervenido en un proceso, en el marco del ejercicio de nuestras funciones, que nos imponen el deber de decidir sobre el tema traído a conocimiento, así como fue planteada por la defensa, no puede erigirse como causal para el apartamiento del juez, ya que no constituye per se prejuzgamiento”, insistieron.
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La defensa de Fernández de Kirchner sostiene que como ya intervinieron anteriormente, fallando en contra de los pedidos de la vicepresidenta, ello implica que ya tomaron postura respecto de su responsabilidad y, en consecuencia, no son parciales a la hora de revisar la condena.
Hornos y Borinsky refutaron que “las distintas resoluciones citadas por la defensa –que motivan su recusación- se advierte que en todas ellas esta Sala declaró inadmisibles los recursos de casación o no hizo lugar a las distintas quejas”.
Ello, según los jueces, no implica haber tomado postura sobre los hechos investigados, pues “la intervención estuvo ceñida a la admisibilidad formal del recurso de casación”. “Corresponde el rechazo in limine de la recusación por improcedente, cuando se funda en la mera intervención de los magistrados en pronunciamientos anteriores propios de sus funciones legales”, resumió el fallo.
Hornos y Borinsky aceptaron, en cambio, la excusación formulada por el juez Javier Carbajo, quien de esa manera no integrará el tribunal que revisará la condena contra la ex mandataria, que fue sentenciada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Con información de Noticias Argentinas