Un proyecto de ley presentado esta semana en la Cámara de Diputados nacional busca garantizar integralmente y reconocer los derechos humanos de las personas en situación de calle y familias sin techo en toda la Argentina. Por primera vez en su historia, el Congreso de la Nación podrá debatir sobre uno de los dramas estructurales y más invisibilizados del impacto que provoca la desigualdad y la falta de oportunidades. De aprobarse, se convertiría en la primera ley de protección y reparación a personas en situación de calle de Latinoamérica.
La iniciativa apunta a reparar la vulnerabilidad social extrema de este sector de la población. Propone como principales ejes la elaboración e implementación de políticas públicas y planes para la construcción de viviendas, garantizar una intervención inmediata y personal mediante un sistema de atención telefónica de alcance nacional y gratuito articulado con un sistema de atención móvil, y crea una red nacional de Centros de Integración Social de atención permanente para garantizar alojamiento, alimentación, higiene y cuidados de la salud.
El autor del proyecto es el diputado nacional Federico Fagioli, del Frente de Todos, referente del Frente Patria Grande. Tiene una trayectoria de militancia política y social relacionada con el reclamo de políticas de acceso a la vivienda como un derecho que debe ser garantizado por el Estado. Vive en un asentamiento creado tras una toma de tierras de la que fue protagonista en 2014, cuando 115 familias ocuparon un predio en Glew. Conoce por su propia experiencia la dificultad de tener un lugar para vivir en condiciones dignas.
"Este proyecto, que aborda la problemática desde una mirada integral, es el fruto del trabajo de organizaciones sociales como Red Puentes, Proyecto-7, que vienen haciendo hace años un laburo invaluable. Hoy tengo la oportunidad de presentarlo para que si, finalmente, se convierte en ley, Argentina sea el primer país de Latinoamérica en tener una ley de protección y reparación a personas en situación de calle y familias sin techo. Esto representa un avance medular para reconocer un problema social invisibilizado que constituye la mayor expresión de vulnerabilidad", dice Fagioli, referente del Frente Patria Grande, a El Destape.
La ley aborda a las personas que habitan en la calle o en espacios públicos en forma transitoria o permanente. Y también al universo de personas en riesgo, es decir, al límite de quedar en esa situación. Quienes residen en establecimientos públicos o privados -sean médicos, asistenciales, penitenciarios u otros- de los cuales deban egresar sin disponer de una vivienda, o que estén en una situación de desalojo inminente.
También quienes viven en asentamientos precarios o transitorios sin acceso a servicios públicos esenciales o en condiciones de hacinamiento que afecten su integridad psicofísica, que no estén incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), creado en 2017 por el impulso de las organizaciones sociales.
Una de las dificultades para abordar esta problemática y que, al mismo tiempo, refuerza que sea invisible en el debate público, es la falta de información sobre la cantidad de personas que viven en la calle. Por eso la ley obliga también a la realización de un relevamiento anual, de alcance nacional, con la participación de profesionales y organizaciones sociales, algunas integradas por personas en situación de calle. Ese censo es clave para diseñar e implementar políticas públicas específicas, principalmente en los grandes centros urbanos y suburbanos.
La pandemia le dio un mayor impulso a la indigencia y la pobreza en todo el país, que venía en aumento durante el gobierno de Mauricio Macri, y dejó al descubierto de la manera más cruda el déficit habitacional que impacta en la calidad de vida de millones de personas.
Solo en la Ciudad de Buenos Aires, según un censo oficial que se realizó en abril del 2019 con voluntarios que recorrieron durante 24 horas las principales avenidas porteñas, había 1.141 personas. Los centros de integración, o refugios, no alcanzan ni para la mitad de los que viven a la intemperie en la ciudad más rica del país. Para la misma fecha, el Segundo Censo Popular realizado por medio centenar de organizaciones sociales durante cuatro días, reveló que había 7251 personas en las calles porteñas. El número, según advierten, es notablemente mayor.
Según la Encuesta Permanente de Hogares de fines de 2019, más de 1,4 millón de personas viven en condiciones de hacinamiento en aglomerados urbanos. El Censo Nacional de 2010 indicaba que el déficit habitacional en la Argentina es de 2,5 millones de hogares. La tendencia, diez años después, es ascendente.
Muchas de las personas que viven en estas condiciones no cuentan con documentos, un derecho básico a la identidad personal. Se encuentran tan fuera del sistema que ni siquiera fueron individualizados por el Estado mediante un nombre propio, una personalidad jurídica y una nacionalidad.
La ley obliga al Estado a implementar procedimientos que faciliten el acceso a los servicios públicos sin documento de identidad si no fuese indispensable, la tramitación gratuita de todos los documentos que acrediten la identidad y la creación de una Referencia Administrativa Postal, mediante el otorgamiento de una casilla de correo en la sucursal del Correo Argentino más próxima al lugar donde habiten.
El proyecto advierte que es el Estado el que debe garantizar a las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle la promoción y orientación de una cultura y educación basadas en el respeto y solidaridad entre todos los sectores sociales para transformar la manera en que tradicionalmente han sido tratadas, mediante la superación de prejuicios, estereotipos o actitudes discriminatorias.
La iniciativa está en línea con otros que han presentado los movimientos sociales y partidos que integran el oficialismo, con la promoción del trabajo como ordenador social, la construcción de viviendas y soluciones habitacionales, la urbanización de los barrios populares, el acceso a la tierra y repoblamiento del territorio nacional, y el impulso de la agricultura familiar con el objetivo de fomentar la producción, elaboración y distribución de alimentos, entre otros.
El ministerio de Desarrollo Social de la Nación sería la autoridad de aplicación de esta ley, con participación de los ministerios de Salud, de Mujeres, Géneros y Diversidad, de Desarrollo Territorial y Hábitat, y de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación (SEDRONAR), además de los ámbitos universitarios, sindicales y organizaciones sociales.