La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo expresó su rechazo al traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tal como está previsto en la ley "Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" que Javier Milei envió al Congreso. El tribunal de apelaciones dejó plasmada su postura en un documento firmado por todos sus integrantes que será puesta en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial, el Congreso Nacional y del Ministerio de Justicia.
Los magistrados resolvieron "expresar su total y absoluto rechazo a la iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional reseñada en los Considerandos" del documento y "reiterar la postura expresada por esta Cámara en las Resoluciones ya citadas con base en las argumentaciones reseñadas". Y señalaron: "Incluso si se soslayara la naturaleza federal de varias de las competencias que ejerce el fuero nacional del trabajo, el hecho de que sus decisiones se proyecten en todo el territorio de la República y tengan un efecto muy concreto para los/as habitantes de las diversas provincias que la componen, justifica ampliamente que los/as magistrados/as que lo integran sigan perteneciendo a la Justicia Nacional".
En esa misma línea, consideraron que los magistrados que hoy integran el fuero nacional del Trabajo deben seguir siendo nombrados "con la intervención del Consejo de la Magistratura de la Nación, a instancias del Poder Ejecutivo Nacional, y con acuerdo del Senado de la Nación". Asimismo, explicaron: "De otro modo, si la selección y el enjuiciamiento de esos/as magistrados/as dependiese únicamente de la Ciudad de Buenos Aires, se consagraría en la práctica un notable retroceso del federalismo, pues las provincias - y sus habitantes- se verían afectadas en aspectos esenciales de su actividad económica y social por decisiones de jueces o juezas en cuya designación y contralor no habrían tenido ninguna participación".
En el mismo documento, los jueces expresaron su "profunda preocupación ante la eventual aprobación por el Congreso Nacional del artículo 439 del denominado 'Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos' puesto a consideración por el titular del Poder Ejecutivo Nacional". Al respecto, recordaron: "En dicho precepto se propugna lo siguiente: "Instrúyese al Poder Ejecutivo Nacional a impulsar todos los actos y suscribir los Acuerdos que sean necesarios para que se efectivice la transferencia de la Justicia Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo máximo de TRES (3) años".
Sobre ellos, advirtieron que "esta particular norma implicaría, ante todo, una inadmisible delegación de facultades exorbitantes en favor del Poder Ejecutivo Nacional en cuestiones que se oponen al sistema federal de gobierno delineado por nuestra Constitución Nacional, así como la transgresión del principio de división de poderes propio de la República".
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La Cámara aprovechó para recordar su posición histórica expresada en resoluciones anteriores "en cuanto a los cuestionamientos jurídicos que merecieran todos los intentos de hacer desaparecer por vía de transformación y/o traspaso a la Justicia Nacional del Trabajo". En ese sentido, sostuvieron: "Si el mentado 'traspaso' no podría habilitarse constitucionalmente a través de decisiones adoptadas por el Congreso Nacional -sin una previa reforma de la Constitución Nacional-, menos aún podría justificarse la delegación de todas las facultades al respecto, en favor del Poder Ejecutivo Nacional",.
"El mantenimiento de una Justicia Nacional del Trabajo se justifica también en que sus magistrados/as vienen ejercitando desde hace muchos años una jurisdicción que exorbita con mucho el ámbito territorial de la Ciudad y abarca a habitantes de todas las provincias de la Nación que vienen a litigar ante sus estrados en razón del domicilio de alguna de las partes (en especial del sector empresario/empleador)", explicaron. "En ese orden de ideas, la Capital de la República concentra el mayor número de empresas y organizaciones registradas. De acuerdo al Registro Nacional de Sociedades, en la indicada jurisdicción tienen su domicilio legal un total de 480.625 sociedades, lo que representa el 41,7% del total de las inscriptas en el país", reseñaron.
El fuero del trabajo "también debe entender en asuntos de naturaleza indiscutiblemente federal. En tal sentido, en función de la normativa vigente (arts. 59 a 62 de la ley 23.551, Ley de Asociaciones Sindicales), es la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo el tribunal competente para resolver cuestiones sindicales de todo el país", detallaron. Asimismo, el fuero laboral nacional es aquel "al cual corresponde entender en cuestiones de multas impuestas por la autoridad administrativa laboral -actualmente bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano-, y en planteos judiciales derivados de las declaraciones de insalubridad dispuestas por las autoridades administrativas de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por la normativa vigente", señalaron.
Con información de Télam