El Senado Nacional aprobó una serie de leyes impulsadas por el oficialismo de diferentes características. Entre ellas se encuentran un proyecto para incentivar la construcción mediante flexibilidades tributarias, el pago de indemnizaciones a los familiares del submarino ARA San Juan y el aumento en el financiamiento del presupuesto de ciencia y tecnología.
Indemnización a los familiares del submarino ARA San Juan
El proyecto que establece una reparación económica para los familiares de las 44 víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan, ocurrido en noviembre de 2017, fue convertido en ley por unanimidad.
La iniciativa establece que los familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan, que se hundió en noviembre de 2017 en el Mar Argentino, "tienen derecho a recibir una indemnización por grupo familiar", que será percibida por hijos o hijas en partes iguales y la o el cónyuge, siempre y cuando no hubiesen estado separados de hecho al día de la desaparición del submarino.
El beneficio extraordinario económico es equivalente a la remuneración mensual de los agentes de Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por 100.
De acuerdo con los cálculos actuales, ese beneficio superaría los siete millones de pesos para cada grupo familiar.
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Presupuesto para la ciencia y la tecnología
Aprobado por unanimidad, el proyecto para aumentar los recursos al área de la ciencia y la tecnología, del actual 0,28% del Producto Bruto Interno (PBI) al 1% en 2032.
La iniciativa declara de interés nacional el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación de la República Argentina y establece el "incremento progresivo y sostenido del presupuesto nacional destinado a la función ciencia y técnica, por su capacidad estratégica para el desarrollo económico, social y ambiental".
El incremento de la inversión en ciencia, tecnología e innovación deberá destinarse a promover la federalización del sistema científico tecnológico a través de la producción, difusión y apropiación del conocimiento científico y tecnológico en todo el territorio nacional, priorizando las zonas geográficas de menor desarrollo relativo.
También se busca "desarrollar y diversificar la matriz productiva mediante el impulso de políticas de innovación sustentable; generar nuevos empleos de calidad a través de la transferencia de tecnología y la incorporación de personal proveniente del sistema científico y tecnológico en el sector productivo nacional; visibilizar los avances científicos tecnológicos, promoviendo estrategias de divulgación para la generación de vocaciones científicas y como herramienta educativa; y promover la formación de profesionales y técnicos especializados en el país y en el exterior".
Otros objetivos del proyecto son "incrementar la infraestructura y equipamiento para potenciar las actividades de investigación, desarrollo e innovación, alentando su radicación en las provincias argentinas; desarrollar instrumentos y mejorar los procesos internos para el financiamiento de proyectos orientados a la investigación científica, tecnológica y a la innovación".
Incentivos a la construcción: las características del proyecto
* Se implementa el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, destinado a promover el desarrollo o inversión en
proyectos inmobiliarios realizados en el territorio de Argentina.
* Se entenderá por proyectos inmobiliarios a aquellas obras privadas nuevas que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la presente ley (construcciones, ampliaciones e instalaciones, entre otras) y que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetos a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente.
* Quedan comprendidas dentro de la definición de obras privadas nuevas aquellas que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley posean un grado
de avance inferior al 50 % de la finalización de la obra.
Se exime del impuesto sobre los bienes personales al valor de las inversiones en proyectos de inversión realizadas hasta el 31 de diciembre
de 2022 inclusive.
* Se establece que podrá computarse como pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales el equivalente al 1 % del valor de las inversiones en
proyectos inmobiliarios definidos en esta ley según las pautas que se especifican para cada caso.
* Se dispone que los titulares de inmuebles o de derechos sobre inmuebles gozarán del diferimiento del pago del impuesto a la transferencia de
inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas en el caso de desarrollo de proyectos inmobiliarios, en los supuestos según las pautas
que se especifican.