Un fallo obliga a la Ciudad a dar una vacante a un niño de 2 años

Tras la resolución de la Corte Suprema porteña que restringe el derecho a la educación pública en CABA, ahora se conoció otra resolución que obliga al distrito porteño a otorgar una vacante a un niño de dos años.

28 de diciembre, 2020 | 22.16

Después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad haya fallado contra las familias que reclamaban que se garantice la vacante para sus hijos en una escuela, ahora hubo una nueva resolución de la Justicia sobre un recurso de amparo que rechaza ese dictamen y ahora un nuevo fallo obliga a la Ciudad a darle vacante a un niño de 2 años.

La nueva resolución hace lugar a la medida cautelar que Behar León, Camila interpuso ante la decisión del TSJ de restringir el acceso a la escuela pública a otro chico. La medida, en primer lugar, se trataba de una limitación en la educación pública en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El máximo tribunal porteño determinó que solo podrían hacer el reclamo a la Justicia aquellos familiares que no puedan abonar la matrícula en la educación privada.

En la larga resolución, el juzgado de 1ra instancia en lo contencioso administrativo y tributario sostiene que le ordena "al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires –Ministerio de Educación– que arbitre los medios necesarios a fin de otorgar una vacante al niño en Sala de dos (2) años, de alguno de los establecimientos preseleccionados en la constancia de preinscripción al ciclo lectivo 2021 (N°32403745), en sus respectivos turnos debiendo priorizar el orden de selección allí efectuado y, en caso de no poder otorgarla, asignarla en un establecimiento educativo dependiente del GCBA que se encuentre dentro del radio de dos mil (2.000) metros a su domicilio". 

Por otro lado, en el mismo texto se añadió que  "ante el supuesto de que se informe la inexistencia de vacantes disponibles en establecimientos referidos, deberá asignarle una vacante en algún establecimiento educativo emplazado en un distrito escolar más distante, haciéndose cargo del traslado del niño y de un adulto acompañante desde y hasta su domicilio, también en este caso en los turnos solicitados por la amparista"

En este sentido, el Ministro de Educación de la Nación había declarado que el primer fallo "no respeta el derecho a la Educación que está consagrado en la Constitución de la Ciudad” y cuestionó el accionar de sus pares porteños al considerar que “confirma el poco compromiso que tuvo Cambiemos en los 13 años que lleva como Gobierno en la Ciudad”.

“El Constitución de la Ciudad dice que deben dar acceso a la educación inicial desde los 45 días y el fallo lo contradice”, remarcó. Además focalizó en que "el Gobierno porteño tiene que asumir su responsabilidad".

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