La Corte Suprema resolvió extender el plazo para la ejecución del pago de juicios contra la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) por un plazo de 90 días hábiles. La decisión fue tras la advertencia de los juzgados federales de primera instancia de la Seguridad Social sobre las dificultades para tratar cada caso por el creciente ingreso de causas.
Los jueces federales habían señalado el incremento de las presentaciones que provocaron dificultades para la aprobación de las liquidaciones o la resolución de incidencias, por la demora de la ANSES en cumplir con las ejecuciones. "ANSES informa que, a pedido de los juzgados federales de primera instancia -expediente 7975/2023-, la Cámara Federal de Seguridad Social elevó a la Corte Suprema un pedido de suspensión por el plazo de 90 días del dictado de sentencias simples para la aprobación de la primera liquidación y sus actualizaciones en las causas previsionales" contra el organismo, indicaron en un comunicado.
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Desde el organismo nacional señalan que se trata de una "resolución interna" dentro del ámbito judicial "que no afecta el desenvolvimiento normal y habitual de los pagos" que realiza ANSES a lo largo del mes. "Durante esta gestión se cambió el paradigma de cumplimientos de sentencias del organismo; es decir que ANSES pasó de liquidar las sentencias de manera por demás tardía, a asumir por primera vez el compromiso de reajustar el haber inicial de los beneficiarios dentro del plazo dispuesto en las sentencias y en paralelo, con el pago de los expedientes en stock conforme un nuevo esquema de liquidación establecido", agregaron.
"Se ratifica que no existe suspensión de plazo alguna en ANSES para el cumplimiento de los pagos de las sentencias judiciales, sino que se trata de una prórroga concedida por la CSJN a los jueces de primera instancia para el dictado de sus resoluciones interlocutorias", sentenciaron en el documento.
Qué son los juicios por jubilaciones
Los juicios por jubilaciones fueron iniciados por damnificados que cobran un haber menor al que les correspondería. Recientemente, luego del cambio de fórmula se incrementaron las causas. Este pedido incluía los reclamos iniciados contra cajas previsionales de Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Armadas.
"Por ello, entienden que la petición en cuestión es necesaria a fin de mitigar el colapso que enfrenta el fuero y así brindar un mejor servicio de justicia", explicó la Corte Suprema, respecto a la petición de los jueces.
“Desde hace décadas, jubilados y pensionados reclamaron sin respuesta que ANSES ajuste sus haberes según lo determinado en su sentencia firme y que no es, ni más ni menos, que lo que les corresponde luego de toda una vida de trabajo. Para terminar con esta situación injusta, tomamos la firme decisión de que todo jubilado que obtenga una sentencia firme tenga actualizado su haber previsional de forma inmediata”, había remarcado el ahora exdirector de ANSES, Mariano de los Heros.
El año pasado, ANSES introdujo una modificación en la modalidad de cobro de los jubilados y pensionados que obtuvieran una sentencia firme por reajuste, separando la actualización del haber mensual del pago del retroactivo. A partir de este mecanismo, podrían percibir el nuevo haber de manera inmediata.
De cuánto es el aumento de jubilados en abril
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó los montos de las jubilaciones y pensiones para abril de 2025, luego de aplicar el incremento correspondiente según la fórmula de movilidad establecida por el Decreto 274/24. De esta manera, en abril, los jubilados cobrarán de mínima $285.792,67.
La inflación de febrero fue del 2,4%, por lo que ese mismo porcentaje se aplicará a las prestaciones en marzo. De esta manera, los montos actualizados son los siguientes:
- Jubilación mínima: $285.792,67.
- Jubilación máxima: $1.923.114,11.
- Prestación Universal de Adultos Mayores (PUAM): $228.634,13 (con bono: $298.634,13).
Pensiones no Contributivas (PNC) por Invalidez o Vejez: $200.054,87 (con bono: $270.054,87).