La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 15 años de prisión contra el ex titular de la Unión Ferroviaria José Pedraza y ratificó las penas que recibieron los dos autores materiales del crimen del militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra.
Tras lo resuelto por la Sala III del máximo tribunal del país, el sindicalista y otros condenados seguirán detenidos por el hecho que tuvo lugar el 20 de octubre de 2010 cuando Ferreyra cayó muerto de un disparo mientras, como integrante del Partido Obrero, reclamaba por el pase a planta permanente de tercerizados del ferrocarril Roca a la altura de Avellaneda.
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El fallo fue firmado por los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani.
Casación rechazó los recursos presentados por las defensas de todos los condenados así como el de la fiscalía y las querellas, estas últimas las cuales habían reclamado agravar las condenas de todos los acusados.
En tanto, el Tribunal elevó las penas a los policías federales Jorge Raúl Ferreyra y Luis Mansilla, a 10 años y 8 meses de prisión, a quienes se los acusó de liberar la zona de Avellaneda minutos antes de ocurrido el hecho.
De esta forma, la Cámara confirmó las penas fijadas por el Tribunal Oral Criminal 21, el cual dio por probado que desde la cúpula del gremio, pues también fue condenado su entonces segundo Juan Carlos "Gallego" Fernández a 15 años de prisión, se quiso aleccionar a los manifestantes que pretendían el pase a planta permanente de los trabajadores ferroviarios.
Como "coautores" de homicidio simple y en grado de tentativa por dos heridos de bala que hubo, Cristian "Harry" Favale y Gabriel "payaso" Sánchez, fueron condenados a 18 años y la misma pena recibió el delegado del gremio en la Unión Ferroviaria Pablo Díaz.
Consta en la causa, que al momento de los hechos hubo comunicaciones telefónicas de Díaz con Fernández.
También la Cámara confirmó las penas sobre los ferroviarios Jorge González y Salvador Pipito de 11 años como coatuores; de Claudio Alcorcel 8 años; y la de dos años por incumplimiento de los deberes de funcionario público los policías Luis Echeverría, Gastón Conti y Hugo Lompizano.
En tanto, los jueces confirmaron las absoluciones de los ferroviarios Juan Carlos Perez, Guillermo Uño y Rolando Garay.
En su voto, la jueza Catucci consideró que la cúpula del gremio, excepto Pedraza, debía recibir la pena de prisión perpetua por homicidio agravado.
En tanto a Pedraza votó por anular la condena al considerar que se trató de una acusación "sin sustento en prueba objetiva de su responsabilidad con el grado de certeza propio de un juicio de condena".
"Las pruebas acumuladas denotan que la planificación del crimen estuvo a cargo de Fernández, pero de ninguna de ellas puede extraerse la conclusión de que Pedraza hubiera intervenido en algún aspecto", según la jueza.
Por su parte, el abogado Carlos Foment, defensor de Pedraza, ya anticipó que apelará a la Corte Suprema de Justicia para intentar revertir la condena.
La prueba en su contra es que su entonce segundo, a través del delegado Díaz, sabía del corte de vías y de la situación en el lugar.
"Los tercerizados y sus protestas importaban ya una amenaza para la hegemonía gremial, sea porque se pretendiera hacer ingresar gente que ocuparía posibles destinos de afines a los agremiados, sea porque esas demandas visibles y conflictivas trasuntaban una inoperancia en el manejo de la línea por el gremio", sostiene el fallo de Casación.
Borinsky consideró que el delegado Díaz, presente en el lugar de los hechos, "no hubiese actuado si no tenía la certeza de que así lo querían las más altas autoridades del sindicato, esto es Pedraza y Fernández".
"Este último, además, dejo entrever que nunca haría algo que Pedraza no estuviese de acuerdo", agregó.