PASO porteñas 2015: denuncias y problemas electorales ¿dónde hay que reclamar?

25 de abril, 2015 | 14.50
Las Paso de la Ciudad de Buenos Aires no sólo requieren del trabajo de las autoridades de la Ciudad y los partidos políticos. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), autoridad electoral en el ámbito de la Ciudad, dispuso un esquema para que cualquier problema durante la jornada pueda ser solucionado rápidamente. En todas las escuelas habrá delegados electorales, nombrados directamente por el TSJ, que colaborarán directamente con los presidentes de mesas. Su tarea es garantizar la apertura de los colegios y, en caso de que falten autoridades, poder constituir las mesas con los suplentes rápidamente. Durante el día, si bien su opinión no es vinculante, podrán asistir a los presidentes con lo que soliciten. Una vez finalizados los comicios, certificarán que las urnas se correspondan con los telegramas. El Tribunal Superior de Justicia es el responsable, además, de que no falten boletas en el cuarto oscuro.

Por otra parte, para cualquier denuncia electoral, además de recurrir al delegado electoral, se podrá ir a la comisaría con jurisdicción en la zona, donde también habrá representantes del Máximo Tribunal de la Ciudad. Para esta elección, el Tribunal habilitó que los procesados (no condenados) que figuren en el padrón y estén alojados en las cárceles de Devoto, Marcos Paz y Ezeiza, puedan votar.

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¿Cuáles son los delitos electorales?

La persona que, con violencia o intimidación, impidiera votar a otra; lo hostigara a votar de determinada manera; o lo privara de la libertad para impedirle sufragar, puede ser condenada a tres años de prisión. La misma pena le cabe a quien robe o destruya urnas utilizadas en una elección antes de realizase el escrutinio o a quién, directamente, falsificare el escrutinio.

A los que gustan de proclamar sus votos, atención. Según el Código Electoral "el elector que revelare su voto en el momento de emitirlo" podrá ser condenado a penas de prisión de entre uno y dieciocho meses. También es delito vender alcohol entre las as 20 horas del sábado y hasta las 21 horas del domingo. Quién viole esta norma, podrá enfrentarse con penas de entre quince días y seis meses de prisión.

Un elector puede presentar un amparo al juez electoral si su documento es retenido indebidamente por un tercero. Si el funcionario no le da curso al trámite, podrá ser penado con hasta dos años de prisión. Más leve es la condena para el empresario que organice espectáculos públicos o actos deportivos durante el desarrollo de las elecciones y hasta las 21 horas: quince días a seis meses de prisión. Quienes demoren u obstaculicen el transporte de urnas y documentos electorales, podrán ser penados hasta con dos años de prisión.

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