La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió una nueva resolución que relaja la presión sobre los bancos para controlar los movimientos de dinero de los clientes considerados "de mayor riesgo". La medida, que lanzó especialmente para estimular a los evasores a que ingresen al blanqueo de capitales, tendrá efecto en el largo plazo porque las entidades financieras no podrán pedirle a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos.
Esa medida está en línea con la opinión del jefe de la UIF, Mariano Federici, de que la evasión fiscal no puede ser considerada como un delito precedente de lavado de dinero, algo que está estipulado en la Ley Antilavado.
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La Resolución 141 de la UIF fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Se hizo en forma conjunta con la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para favorecer el blanqueo de capitales. Pero la medida de la UIF tendrá efecto futuro y en línea con la conducción de Federici, que entiende que los mayores problemas de lavado de dinero se encadenan con el narcotráfico y la corrupción y no con la evasión impositiva.
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"Creemos que la presión regulatoria, sancionatoria excesiva por parte de las autoridades de control y el uso de la herramienta antilavado para perseguir evasores contribuyó a crear mayores niveles de informalidad. Y por eso nos cuestionamos si resulta inteligente, si resulta racional, seguir poniendo énfacis en perseguir el delito de evasión con estas herramientas. No quiero decir con esto que sea un delito que no deba ser perseguido. Lo que estoy cuestionando es si es racional utilizar una herramienta que fue diseñada para atacar amenazas más graves como el narco, la trata de personas o el terrorismo", explicó Federici en octubre pasado. Fue durante una charla para docentes y estudiantes de derecho, donde justificó la evasión impositiva.
Allí anticipó -como detalló El Destape- que el organismo iría a un esquema "basado en riesgo" donde los bancos y demás actores del sistema financiero no estarían obligados a informar sobre todos los movimientos sospechosos de dinero sino sólo de los que consideraran importantes. Esa definición se concretó hoy y dejará en manos de los bancos nacionales a internacionales -varios de ellos investigados en causas sobre lavado de dinero ligadas a evasión tributaria- la definición de qué corresponde informar a la UIF, que es su autoridad de supervisión, y qué no.
En la resolución que modifica el marco regulatorio, la UIF eliminó un tramo sobre análisis de riesgo de los clientes que establecía qué hacer cuando un cliente considerado "de mayor riesgo" hacía operaciones sospechosas. Se eliminó la obligación de actualizar y analizar "con mayor frecuencia" la información respecto de "su situación económica, patrimonial, financiera y tributaria, como así también de su estructura societaria y de control".