La Anmat decidió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los “Bizcochos dulces de hojaldre, Snack Matero Azucarado, HOJALMAR" y “Bizcochos de hojaldre, Snack Matero Salado, HOJALMAR". Entre los motivos, el organismo destacó que el ambos productos no consignen en su rótulo la declaración de alérgenos “PUEDE CONTENER SOJA”.
A partir de una denuncia efectuada en Provincia de Buenos Aires, la la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) con las acciones. En un principio, se le recomendó a las personas alérgicas a la soja que hayan comprado o tengan en su poder estos productos, se abstengan de consumirlos y a quienes expendan los productos mencionados, cesen su comercialización y se contacten con su proveedor.
La DIPA le solicitó a la empresa HOJALMAR SA que “realice la adecuación de los rótulos de todos los productos elaborados en sus establecimientos sobre cualquier otro producto de su propiedad que pueda representar algún riesgo sanitario para los consumidores".
A pesar de las advertencias, el organismo decidió prohibir el producto en todo el territorio nacional por estar falsamente rotulados y por no consignar en sus rótulos la adecuada declaración de alérgenos, resultando ser en consecuencia ilegales.
"En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de personas susceptibles a reacciones adversas a alérgenos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que en sus rótulos no consignen la declaración de alérgenos obligatoria establecidas por la normativa vigente, es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional", expresa en la disposición publicada en el Boletín Oficial.