Guillermo Pardini fue condenado a seis meses de prisión en suspenso por violencia de género. Así lo decidió la sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional por golpear a quien en octubre de 2015 era su pareja.
El periodista fue condenado por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por haberse dado en el marco de una relación sexoafectiva y por haber mediado violencia de género.
En 2016 la víctima lo denunció y aseguró haber sido agredida físicamente por Pardini en dos ocasiones. Según el fallo, él "tomó violentamente del brazo a su pareja, la sacudió y la golpeó en su rostro con la mano abierta unas cinco o seis veces. Después, la arrojó al suelo y continuó golpeándola. Luego de esta escena, la denunciante fue hasta el baño. Pardini la siguió, la tomó del brazo con fuerza, la metió en la bañadera y abrió las canillas. Instantes después, las cerró y le pidió disculpas".
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El Tribunal y la Fiscalía tuvieron en cuenta el testimonio de la víctima, que relató que tenía un vínculo sentimental con Pardini desde febrero de aquél año, tras haber mantenido en una primera instancia una relación con él mientras éste estaba casado.
El veredicto también tuvo en cuenta un informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el que constaban una serie de lesiones en los brazos y piernas de la mujer. A esto se le sumó una nota manuscrita por el agresor en el que se leía: "Lo de anoche no es algo de lo que me sienta orgulloso. Eso no soy yo y no lo quiero en mi vida".
Además, se tuvo en cuenta la declaración de un amigo de la víctima, quién vio los golpes que la mujer tenía y recordó lo que le había contado en ese momento y reconoció una serie de mensajes que intercambió con Pardini, en los que le preguntaba si le había vuelto a pegar a la víctima y el periodista le respondía que no. A ello se le añade el testimonio del vecino de la mujer, que escuchó gritos desde el departamento.
"Los moretones que tenía en sus extremidades se condicen con los golpes que, según su relato, el imputado infligió en su cuerpo y con el hecho de que el imputado la arrastrara a través del baño y la arrojara a la bañadera, y que la denunciante no tuviera lesiones o marcas en el rostro, por otra parte, se explica, como bien indicó el magistrado de juicio, a través de la modalidad de los golpes aplicados, esto es, con la mano abierta", marcó Casación.