El proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva aumenta las alícuotas del Impuesto a los Bienes Personales a una escala de entre el 0,5% y el 1,25% al tiempo que faculta al Gobierno a fijar una alícuota hasta un 100% mayor a la máxima para tenencias radicadas en el exterior. El proyecto, además, permite reducir esa alícuota diferencial en caso de que las tenencias en el exterior sean repatriadas, en un intento por incentivar el ahorro en el sistema local.
El capítulo dedicado a las modificaciones al Impuesto a los Bienes Personales establece un aumento de las alícuotas que se cobran por este tributo. La escala, que en la actualidad es del 0,25%, 0,5% y 0,75%, pasa a a tener un escalón más: en caso de ser aprobado en el Congreso arrancará en 0,5% y terminará en 1,25%. El mínimo no imponible, de dos millones de pesos, no se modifica.
Pero lo más llamativo fue la confirmación de la posibilidad de establecer una alícuota diferencial para gravar bienes radicados en el exterior. El proyecto le concede al Ejecutivo la posibilidad de fijar esa alícuota diferencial con un límite. Podrá ser hasta 100% mayor a la alícuota máxima que se establece para el impuesto. Es decir, podría alcanzar hasta el 2,5%.
La alícuota extra de hasta 2,5% se aplicaría a todos los bienes en el exterior, sean activos financieros o inmuebles.
El texto, además, le permite al Ejecutivo disminuir esa alícuota diferencial para el caso de activos financieros situados en el exterior que fueran repatriados. La devolución de esa alícuota puede llegar a la totalidad de lo que fuera ingresado.