Antes de irse a dormir, el presidente Mauricio Macri dejó listo el veto a la Ley que retrotrae las tarifas a noviembre del 2017 y que fue aprobada (después de 12 horas de debate) por mayoría en el Senado. Con el justificativo de que es una iniciativa que desfinancia las arcas del Estado nacional, el Gobierno de Cambiemos volvió a vetar una nueva norma. En dos años y medio de gestión, el mandatario vetó 4 leyes completas y 3 parciales.
El Ejecutivo nacional justificó en la mayoría de los vetos que las leyes aprobadas en el Congreso significaban un costo para el Gobierno que no podían llevar a cabo. Los principales perjudicados del veto fueron los trabajadores, personas con trombofilia, veteranos de Malvinas, profesionales y la industria nacional.
En 2016, Macri vetó la Ley Antidespidos, la incorporación de la figura del salario mínimo profesional, la declaración de interés nacional de la protección de las personas portadoras de trombofilia y la expropiación del Hotel Bauen. Así mismo, de forma parcial vetó un proyecto de ley que establecía un régimen jubilatorio especial para los ex combatientes de Malvinas.
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En el 2017, en tanto, vetó parcialmente la ley que regula los honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia nacional y federal y el Régimen de Promoción de la Industria Naval.
Sanción y veto
En mayo de 2016, el presidente anunció el veto a la Ley Antidespidos en el acto que anunciaba la “reactivación” de Cresta Roja (que hoy sufre una oleada de despidos). La norma establecía la emergencia pública en todo el país en materia ocupacional por 180 días. Durante ese plazo se prohibían los despidos y las suspensiones de trabajadores, sin justa causa, tanto en el sector público como en el privado, rigiendo para todas las modalidades laborales contractuales.
Además, contemplaba que en el caso de producirse los despidos, los trabajadores pueden optar de accionar judicialmente para pedir el reingreso a su puesto de trabajo cobrando los salarios adeudados y las cargas sociales.
Entre los argumentos del veto, el Gobierno nacional había apuntado que la Ley era inviable y que “iba a congelar la generación de empleo”.
En noviembre de 2016 el Senado había convertido en Ley la incorporación del concepto de “salario mínimo profesional” en la Ley de Contrato de Trabajo para garantizar “una justa remuneración” por profesión.
El proyecto había sido impulsado durante los últimos meses del kirchnerismo. No obstante, el Gobierno nacional lo vetó con el argumento de que la iniciativa era inviable “por su rigidez y antigüedad conceptual que resulta contraria al modelo racional y moderno de regulación laboral que se busca promover en la actualidad, basado en la creación y protección del empleo pero alejado de toda esclerosis legal que impida el desenvolvimiento de nuevas y creativas formas de organización del trabajo, que pueden ser acordadas en el plano colectivo, con pleno respeto del orden público laboral”.
Otro polémico veto, fue el que aplicó Macri a la Ley de Trombofilia que impulsaba la detección precoz de esta patología que puede provocar abortos y muerte fetal. En ese momento, el Ejecutivo consideró que estaba "expresamente desaconsejada" la práctica de estudios tempranos "aun en edad pre fértil y fértil en mujeres asintomáticas", y argumentó que la norma fue cuestionada por asociaciones médicas especializadas.
La ley había declarado "de interés nacional la protección integral psicofísica de las personas portadoras de trombofilia en todas sus formas, ya sea hereditaria o adquirida, permanente o transitoria, o la combinación de ambas" y disponía la creación del Programa de Estudio e Investigación, Docencia, Formación, Diagnóstico y Tratamiento de la Trombofilia, en el ámbito del ministerio de Salud.
Ese mismo año, Macri impuso el veto a una Ley que había sido impulsada por el kirchenerismo en el 2015 y que era la declaración de utilidad pública y sujetas a expropiación las instalaciones del edificio del Hotel Bauen y su entrega en comodato a la cooperativa de trabajo que lo gestiona desde 2003.
La norma había significado un salvataje de la cooperativa que durante los días previos a su aprobación se encontraba bajo la guillotina del desalojo ordenado en 2014 por la jueza en lo comercial Paula Ualde.
No obstante, al Gobierno poco le importó la lucha de 12 años de los trabajadores del hotel y en los argumento del veto, advirtió que la expropiación generaban obligaciones "sumamente gravosas para el Estado Nacional, favoreciendo exclusivamente a un grupo particularizado y sin traducirse en un beneficio para la comunidad en general".
Indicó en el decreto "implicaría una erogación presupuestaria muy importante que se estima no debe concretarse en las actuales circunstancias".
Veto por la mitad
Con lo que respecta a las otras tres leyes vetadas pero de forma parcial, una de ella fue al Régimen jubilatorio especial para los ex combatientes de Malvinas. La norma establece que los ex combatientes podrán acceder "a la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia" luego de haber cumplido 53 años.
No obstante, el Gobierno vetó una parte fundamental de la ley que era la que establecía que "en ningún caso, el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos jubilaciones mínimas del SIPA".
Otra norma víctima del veto parcial fue a la Ley 27.418 que crea el Régimen de Incentivo, Promoción y Desarrollo de la Industria Naval Argentina. En 2017, el Ejecutivo nacional rechazó dos artículos de la norma: 10 y 13. El primero establece que el Gobierno otorgará una asignación específica, denominada Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Nacional (FODINN), en el marco de los fondos fiduciarios constituidos y administrados en el ámbito del Ministerio de Producción, como Fondear, o los que se creen en el futuro, así como líneas de financiamiento y sistemas de garantías específicas para el sector a partir de programas existentes.
Según el Gobierno, el punto 10 era ambiguo, "no quedando claro si la asignación específica allí establecida implica una nueva asignación de gastos no previstos en el presupuesto general o, por el contrario, si dicha asignación implica la creación de una línea específica con un monto mínimo anual, dentro de los fondos fiduciarios administrados por el Ministerio de Producción".
Y la otra norma vetada de forma parcial fue la que regula los honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia nacional y federal y que declara nulo todo acuerdo entre un abogado y su cliente por honorarios inferiores a los mínimos establecidos cuando se trate de retribuir tareas judiciales y el cliente no sea un familiar directo del profesional.
En el veto del 2017, el Gobierno eliminó parte del artículo 5 que establecía que “el profesional que hubiere renunciado anticipadamente a sus honorarios o convenido un monto inferior al previsto en esta ley incurrirá en falta de ética. Igual situación se configurará en el caso del profesional que, habiendo ejercido esa conducta, reclamare el pago de honorarios u honorarios superiores a los pactados” y ante esta situación debería intervenir, “aun de oficio, el tribunal de disciplina correspondiente a la jurisdicción”.
Para el Ejecutivo, no resultaba “adecuada en los casos de renuncia anticipada a los honorarios por parte del profesional o de pacto o convenio que tienda a reducir las proporciones establecidas en el arancel fijado por la norma”.
También, se derogó el punto de los honorarios de los auxiliares de la Justicia designados de oficio que podrían ser exigibles a cualquiera de las partes litigantes o terceros citados en garantía, al argumentar que “dicho precepto entra en conflicto con disposiciones generales del régimen de costas, resultando procedente que su examen y debate sea llevado a cabo en tal contexto”.
Y se eliminaron el artículo 47, 254, 257 y 64.