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La medida establece que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) transferirá al Tesoro nacional el monto previsto, y como contrapartida recibirá instrumentos de deuda consistentes en una o varias letras intransferibles en dólares.
Esos títulos se emitirán a un plazo de diez años, con amortización íntegra al vencimiento e intereses con cancelación semestral, a una tasa igual a la que devenguen las reservas internacionales para el mismo período y hasta un máximo de la tasa Libor anual menos un punto porcentual.
El decreto señala que el gobierno nacional "está ejecutando un proceso de desendeudamiento externo", y recuerda que mediante sucesivas ocasiones se dispuso la cancelación de la totalidad de los vencimientos de capital e intereses con organismos financieros internacionales correspondientes a los ejercicios fiscales de 2010 a 2014, con reservas de libre disponibilidad, y a partir de 2013 se incluyó la cancelación de los servicios de deuda externa oficial bilateral con vencimiento en el ejercicio respectivo.
Esa política "se ha revelado eficaz para disminuir los costos de endeudamiento público, en el marco de la autonomía decisoria que caracteriza a la política económica nacional", concluye la medida.