El Blindaje Judicial para perjudicar a los Jubilados

19 de septiembre, 2018 | 07.16

Producto de lo escandaloso que resulta la actuación de la justicia Penal Federal, donde todos los días aparece una medida arbitraria o un procedimiento indebido a contramano del derecho, o lo que es más grave todavía, una injusta detención, nos hemos acostumbrado a creer y aceptar que éstas obedecen a “operaciones políticas del gobierno” sobre las que los medios de difusión dominantes cabalgan en un burdo intento de culpar al gobierno anterior de las penurias con que nos toca vivir a diario.

Pero lamentablemente, esa descomposición de la justicia penal federal ha ido infectando todo el sistema judicial. Así lo prueba la embestida contra la justicia del trabajo y por supuesto que el fuero de la seguridad social no escapa de esa situación.

Hace tiempo que el gobierno de Cambiemos comenzó una campaña de desprestigio hacia los beneficiarios de la seguridad social, que muchos profesionales venimos denunciando, e incluso hemos llevado a los tribunales de la Seguridad Social. Es un secreto a voces que el presidente Macri se reunió con el anterior Presidente de la Suprema Corte, Ricardo Lorenzetti, para que el máximo tribunal falle en contra del interés de los jubilados y pensionados.

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Algún desprevenido podrá creer aun que el blindaje judicial creado por el gobierno del Presidente Macri sólo existe en los tribunales de Comodoro Py, como así también pensar que el nombramiento del Dr. Carlos Rosenkrantz es un hecho aislado y sin efecto sobre los beneficiarios de la seguridad social. Nada más lejos de la realidad.

Hace pocos días, la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación realizó un hecho inédito e inexplicable al aprobar una lista de conjueces para cubrir las vacantes en la Cámara Federal de la Seguridad Social, dentro de la cual se encuentra el Dr. Fernando Strasser, secretario del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 2, a cargo interinamente del mismo y fiel aliado al gobierno. El mismo magistrado que rechazó, por una cuestión de “forma”, el amparo que presenté contra la Ley de Reparación Histórica para que no se pudiera utilizar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES.

Esta designación tiene un objetivo claro: las 3 Salas de la Cámara mantienen un criterio unánime de no aplicar el índice RIPTE, esto es no permitir que se les pague menos a los jubilados que no aceptaron la Ley de Reparación Histórica voluntariamente, pero la designación de Strasser se orienta a cambiar ese criterio.

La designación del Dr. Carlos Rosenkrantz al frente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es aún más grave. El Presidente del Máximo Tribunal es quien tiene la potestad de elegir qué temas se tratan y cuales no. Y casualmente, al terminar la feria de invierno, la Sala III concedió los Recursos Extraordinarios por los que se debatirá la formula de movilidad votada por la legislatura en diciembre de 2017 en medio del escandalo, la cual afecta a los más de 17 millones de beneficiarios de la seguridad social.

Esta claro que el Dr. Lorenzetti no puede asemejarse a una carmelita descalza, pero tanto el Dr Rosenkrantz como el Dr Strasser tiene una posición alineada al gobierno, ocupando cargos clave en ámbitos de decisión. De esta manera, su accionar puede llevar a que la resolución del amparo, que sentaría una jurisprudencia obligatoria para todas las instancias inferiores, como lo hicieron en su época “Chocobar”, “Sanchez” y “Badaro” - por citar algunos – se produzca en un plazo razonable, o algo aún peor, que una ley que los constitucionalistas de todas las opiniones políticas dijeron abiertamente que era inconstitucional, sea declarada constitucional, perjudicando a millones de beneficiarios de la seguridad social, sólo para quedar bien con el gobierno y con el FMI.

En definitiva, la cuestión de fondo es que con estos cambios el gobierno intenta que la corte “declare constitucional” el aberrante cambio de la ley de movilidad. Pero también que acepte la aplicación del índice RIPTE en lugar del índice ISBIC como modo de actualización de los períodos previos a la ley de movilidad que se ha utilizado por orden, justamente, de la Corte hasta el momento. Casi 18 millones de argentinos se verán afectados si la corte declara constitucional el cambio de la movilidad y mas de 200 mil jubilados y pensionados, luego de recorrer por largos años los pasillos de la justicia, verán frustrado su derecho si la Corte acepta el nuevo índice. Seguramente que no SERA JUSTICIA.