Mediante la comunicación 6770, tras conocerse el domingo el Decreto de Necesidad y Urgencia que devolvió el cepo a la Argentina, el Banco Central (BCRA) especificó que los argentinos podrán comprar hasta US$10.000 a acreditarse en una cuenta pero sólo US$1.000 en ventanilla bancaria. De requerir más, será necesaria una autorización de la entidad que preside Guido Sandleris.
En el texto, se estableció la letra chica del DNU y se dispuso que será necesaria la conformidad previa del BCRA "para el acceso al mercado de cambios por parte de personas humanas residentes para la constitución de activos externos, ayuda familiar y para la constitución de todo tipo de garantías vinculadas a la concertación de operaciones de derivados cuando supere el equivalente de US$ 10.000 mensuales".
En tanto, "cuando el monto operado por estos conceptos supere el equivalente de US$ 1.000 mensuales en la entidad interviniente la operación deberá cursarse con débito a cuentas locales".
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
En el caso de los extranjeros, se estableció que necesitarán una autorización previa del Central para el acceso al mercado de cambios "por montos superiores al equivalente a US$ 1.000 mensuales en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios", exceptuando a organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación y representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país.
También quedarán fuera de esta restricción las representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones.