El juez Ariel Lijo, que tiene a su cargo la causa penal por el intento de condonación de la deuda y el vaciamiento de Correo Argentino en la que está imputado Mauricio Macri, rechazó dos planteos de parte de los hombres del grupo Macri y del ex ministro de Comunicaciones Oscar Aguad en los que pretendían anular toda la causa.
Por un lado, el juez Lijo rechazó un planteo que hicieron Jaime Cibils Robirosa y Jaime Kleidermacher al que adhirieron Aguad y Juan Manuel Mocoroa, que era su director de jurídicos en el ministerio de Comunicaciónes. Cibils Robirosa es quien figura de presidente de Correo Argentino, Kleidermacher el abogado histórico de los Macri en esta causa, y ambos fueron apuntados como parte del vaciamiento de la empresa mientras no pagaba sus deudas con el Estado.
Lo que pidieron en este escrito fue la excepción de falta por inexistencia de delito y el sobreseimiento de todos. Según ellos, es absurda la cifra de 70.000 millones de pesos que Macri intentó condonarle a su familia, basados en un informe que parcialmente (así lo reconocen) dice que la deuda oscila entre 528 y 651 millones de pesos y que la quita propuesta ronda el 44 y 54,5%. También cuestionaron que la deuda no debería actualizarse ni cobrar intereses, algo que ya quedó descartado en distintas instancias judiciales. Dicen, puntualmente, que los Macri no hicieron una propuesta abusiva y que esta, cuando fue aceptada por Macri del otro lado del mostrador, no generó ningún perjuicio ya que no solo no era abusiva sino que finalmente se frenó. Se olvidan de mencionar que se frenó gracias a la intervención de la fiscala Gabriela Boquin y del impacto que tuvo este intento de condonación presidencial tras su difusión mediática. Fue un si pasa pasa que no pasó.
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“Si no estamos frente a una propuesta abusiva (...) desde el punto de vista comercial (…) mucho menos se puede considerar que haya habido un actuar delictuoso”, es el resumen de los argumentos de los hombres de Macri que citó el juez Lijo. También plantearon que el Estado se negó a compensar las deudas de los Macri con el fisco con supuesta deudas del propio Estado con los Macri, algo que la Corte Suprema ya definió en 2009 que no se puede. Negaron los delitos de “administración fraudulenta” y “negociaciones incompatibles” y reiteraron que este expediente es una “obscena maniobra política”.
El fiscal Gerardo Pollicita, puesto a dedo en esta causa por el procurador interino Eduardo Casal bajo directivas de la Casa Rosada, rechazó el planteo. Y el juez Lijo coincidió en rechazar la excepción de falta por inexistencia de delito. En síntesis, dijo que es tal la complejidad del caso que no se puede resolver por esta vía sino que es un tema de fondo que resolverá en el marco de la causa.
Por otro lado, el juez Lijo también rechazó un segundo planteo que hicieron Cibils Robirosa y Kleidermacher. Lo que pedían era que se anulara el dictamen del fiscal Pollicita donde se pedía la citación a indagatoria de ambos junto a Oscar Aguad, ex ministro de Comunicaciones, y Juan Manuel Mocoroa, ex director de jurídicos del mismo ministerio. Estas indagatorias ya se realizaron. El fiscal Pollicita rechazó este planteo. Cuando le pidieron opinión a Aguad y Mocoroa, según el juez, ni contestaron.
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En su escrito, Cibilis Robirosa y Kleidermacher siguieron la misma estrategia que en la causa que tramita en el fuero comercial, es decir, criticar a la fiscala Boquin. Sostuvieron que el fiscal Pollicita “se vio embaucado por las falacias esgrimidas por la fiscal (...) lo que condujo a que requiera la citación a indagatoria de nuestros representados de manera totalmente inmotivada” y que “la actuación de la Dra. Boquin en un plano plenamente político y de esta fundar la irregularidad de su actuación”. A su vez, criticaron al fiscal Pollicita y sostuvieron que sus planteos tenían contradicciones internas.
El juez Lijo es claro: “no caben dudas de la legitimación del fiscal para formular el dictamen cuestionado y las facultades de solicitar la convocación a declaración indagatoria de las personas sospechadas de cometer un ilícito en un proceso”. Lijo rechaza el planteo de que Pollicita se limitó a copiar los argumentos de la fiscala Boquin, enumera los puntos que agregó el fiscal de esta causa y dice que eso “derriba la pretensión de la defensa, ya que lejos de sostenerse en la versión solitaria expuesta por la Dra. Boquín en los dictámenes efectuados en el proceso concursal, el dictamen del fiscal y la maniobra reseñada se apoyan en distintos elementos de prueba que fueron debidamente individualizados, así como las conclusiones que se derivan de aquellas evidencias”.
En conclusión, el juez Lijo escribió que “no existiendo afectación a garantías constitucionales ni perjuicio concreto alguno, el pedido de declaración de nulidad que introduce la defensa deviene improcedente”.
Con la lectura de estas resoluciones se entienden la nueva tanda de notas sobre el desempeño del juez Lijo, que no por oportunistas dejan de ser ciertas. La cronología muestra que cada vez que el juez Lijo realiza algún movimiento en la causa Correo aparecen notas sobre él o su hermano Alfredo y se agitan las aguas de las denuncias en su contra en el Consejo de la Magistratura. Desde ambos lados de la mesa tienen cartas.