Anuncios de Gobierno: Cambios en las contribuciones patronales

El artículo establece el freno la unificación de la alícuota y se deja sin efecto la actualización del mínimo no imponible.

17 de diciembre, 2019 | 20.50

Dentro del paquete de medidas incluidas en el proyecto de ley de Solidaridad y Reactivación productiva aparece la suspensión de la escala de reducción de contribuciones patronales. El esquema había sido instrumentado por la gestión de Mauricio Macri en 2017.

El artículo establece el freno la unificación de la alícuota, se deja sin efecto la actualización del mínimo no imponible en dicha materia, y se crean nuevas escalas promocionales.

El ejecutivo estableció las alícuotas que se describen a continuación, correspondientes a las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social:

- 20,40% para los empleadores pertenecientes al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector "SERVICIOS" o en el sector "COMERCIO", de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA N° 220 del 12 de abril del 2019 y su modificatoria, o la que en el futuro la reemplace, siempre que sus ventas totales anuales superen, en todos los casos, los PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES ($ 48.000.000), con excepción de los comprendidos en las Leyes Nros. 23.551, 23.660 y 23.661.

- 18% para los restantes empleadores pertenecientes al sector privado no incluidos en el inciso anterior. Asimismo, esta alícuota será de aplicación a las entidades y organismos del sector público comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 22.016 y sus modificatorias.

A su vez, en el artículo 23 de dicho capítulo -denominado Seguridad Social y contribuciones Patronales-, se contempla una mejora para las pymes que cuenten con menos de 25 empleados, ya que podrán detraer un monto adicional de $ 10.000.

Asimismo, el Gobierno fijará las proporciones que, de las contribuciones patronales que se determinen por la aplicación de la alícuota, se distribuirán a cada uno de los subsistemas del Sistema Único de Seguridad Social, de conformidad con las normas de fondo que rigen a dichos regímenes.

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