Alternativas y acechanzas para el empleo frente a las consecuencias del coronavirus

La crisis post pandemia exigirá mayor intervención del Estado frente a las amenazas hacia el trabajo y el surgimiento de variantes de mayor flexibilización.

26 de abril, 2020 | 00.05

Las crisis con impacto en el trabajo, imponen un reforzamiento -directamente proporcional- de los dispositivos protectorios, tanto como una atenta evaluación del sentido y propósitos de las medidas que se implementen para superarlas.

El G 20

El G20 se conforma en 1999 como un espacio de debate internacional, de cooperación y consulta, inicialmente sobre temas económicos y financieros; generando reuniones entre los Ministros de Finanzas y Presidentes de Bancos Centrales de los países miembros: de economías “avanzadas” (Alemania, Canadá, EEUU, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Rusia, actual composición del G8), de algunas economías “emergentes” (Arabia Saudita, Argentina, Australia, Brasil, China, Corea del Sur, India, Indonesia, Méjico, Sudáfrica y Turquía) y de la Unión Europea (como bloque regional).

Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.

SUSCRIBITE A EL DESTAPE

Con posterioridad su temario fue ampliándose abarcando medidas anticorrupción, agenda laboral, cooperación internacional para el desarrollo, agricultura, medio ambiente; así como también, tanto las Cumbres de Lideres como las reuniones de Ministros comenzaron a contar con la presencia de representantes de la OCDE, el FMI, el Banco Mundial, la OIT, otros países invitados e interlocutores sociales.

En materia laboral un avance importante se obtuvo en 2009, en la III Cumbre de Líderes de Pittsburgh (Presidencia de EEUU), con el acuerdo alcanzado para la realización de la primera Reunión de Ministros de Trabajo y Empleo del G20. Fue en esta ocasión, además, la primera vez en la historia del G20 que participó el Director General de la OIT, invitación que se le hiciera a instancias de una propuesta conjunta de Argentina y Brasil.

En el año 2010 se concretó esa primera reunión ministerial, en el marco de la IV Cumbre de Líderes de Toronto (Presidencia de Canadá), que luego -conforme lo resuelto en la Cumbre de Cannes de 2011 (Presidencia de Francia)- contó, bajo su autoridad, con un Grupo de Trabajo y Empleo (EWG, por sus siglas en inglés) de carácter permanente e integrado por expertos, para atender a temas específicos.

En 2013 en San Petersburgo (Presidencia de Rusia) se concreta una Reunión Conjunta de Ministros de Trabajo y Empleo y Ministros de Finanzas del G-20, cuya importancia –si bien básicamente simbólica- radicaba en poner al mismo nivel el crecimiento económico y la creación de empleo a través de las políticas macroeconómicas y las sociolaborales.

Más allá de esa reseña descriptiva, el G20 como organismo multilateral ha respondido a los intereses de los países centrales, abocado particularmente a cuestiones económico-financieras, e impulsor y gestor de las políticas neoliberales predominantes.

G-20 y el trabajo frente a la pandemia

Al suspenderse la reunión presencial prevista para este año (7 y 8 de abril) y reprogramarse la agenda, la Presidencia del G20 (que actualmente ocupa Arabia Saudita) elaboró y distribuyó un proyecto sobre políticas sociolaborales para enfrentar las consecuencias del Covid-19, sin especificar si se trataba de una declaración ni el procedimiento, en su caso, para adoptarla.

A su respecto se generó un debate sobre qué tipo de declaración sería conveniente (Ministerial o del EWG) y mediante qué procedimiento. Un grupo grande de países, encabezados por la Unión Europea, requirieron la realización de una reunión virtual de Ministros de Trabajo donde se pusiera a consideración el referido proyecto. Resultando, finalmente, la convocatoria a una Reunión Virtual de Ministros de Trabajo y Empleo del G-20, que se realizó el 23 de abril de 2020 y de la participó Argentina.

Producto de esa reunión se emitió una Declaración que señala a la pandemia como un fenómeno mundial sin precedentes, que representa un desafío que requiere una respuesta global coordinada. Manifiesta el compromiso de los Ministros de trabajar juntos y en coordinación con los de otras áreas del G20, para desarrollar e implementar medidas integrales y efectivas para mitigar el impacto de Covid-19.

Se hace referencia a proporcionar orientación y apoyo a los empleadores para que puedan tomar medidas efectivas para minimizar el impacto de la pandemia; a estimular la economía e impulsar la creación y retención de empleo. Reconociendo la importancia del diálogo social con las organizaciones de trabajadores y empleadores que, particularmente en tiempos de crisis, da como resultado respuestas y soluciones duraderas.

Así como, que se hará todo lo posible para proteger a los trabajadores, particularmente aquellos que se consideran vulnerables y no están cubiertos por una protección social adecuada; y que se debe dar prioridad al empleo en el desarrollo macroeconómico, señalando la importancia de la coordinación entre el empleo y otras respuestas políticas; que además de proteger los empleos y los ingresos, debe asegurarse que los sistemas de protección sean lo suficientemente robustos y adaptables para proporcionar un soporte adecuado para todos los trabajadores necesitados, independientemente de su situación laboral.

Si bien la Declaración denota una natural preocupación por la dimensión de los múltiples y enormes impactos que provoca la pandemia en el mundo del trabajo, como la insuficiencia de los dispositivos de los sistemas globales imperantes para darles respuesta; no se advierte que contenga un desarrollo de medidas o instancias concretas que permitan, efectivamente, acciones encaminadas a brindar las protecciones necesarias para neutralizar o mitigar los efectos ya verificados, como los aún más graves que se prevén.

No avanza en decisión alguna para cristalizar la coordinación de políticas específicas, ni identifica otras áreas particulares del G20 como las de Finanzas, Salud o Economía con las cuales se debería interactuar para garantizar la necesaria coherencia e integralidad en las políticas enunciadas.

Tampoco, se hace mención a la constitución de un “fondo global” para paliar las consecuencias de la crisis y asegurar una protección social, no sóo para los países más pobres sino también para los de menor desarrollo, como reclama la Confederación Sindical Internacional (CSI) y proponen diversos países.

La invocación al diálogo social no está acompañada por proposiciones que permitan sentar las bases de un compromiso serio en ese sentido, ni de mecanismos posibles para la resolución de problemas laborales críticos en la aplicación de los Principios y Derechos Fundamentales del Trabajo, como en materia de salud, higiene y seguridad.

Al igual que se omite toda referencia a las premisas necesarias para un plan de sostenimiento, recuperación y reconstrucción del empleo, mediante la coordinación y apoyo de los interlocutores sociales, en torno a una salida que asegure la preservación de las relaciones laborales y no culmine sustituyéndolas por otras formas de configuración jurídica de la prestación de servicios personales.

No es ocioso recordar que en otra crisis profunda, aunque menos grave que la actual, como fue la del 2008/2009 (con la quiebra del Lehman Brothers y el estallido de la burbuja inmobiliaria), frente a una pérdida de 22 millones de puestos de trabajo (hoy se estima que podría significar la de 195 millones), desde el G20 y otros organismos multilaterales el rescate se circunscribió al sistema financiero.

Sistemas de protección social y empleo

La atención de los más desfavorecidos, de los que presentan mayor vulnerabilidad o un elevado grado de informalidad, es sin duda necesaria y se hace imperiosa en situaciones tan críticas como las actuales.

En tal sentido, cobra relevancia echar mano a una batería de medidas adecuadas para garantizar prestaciones que aseguren un “piso mínimo de protección social” (PMPS). Que se planteen como transitorias, en tanto ligadas a políticas de promoción y generación de ocupación en los circuitos formales de trabajo, capaces de contener e integrar, mayoritariamente, a quienes pertenecen a esos sectores.

Con relación a prestaciones de esa especie (PMPS), que también reciben denominaciones como “ingreso básico universal” o “ingreso ciudadano” con independencia de la clase de vínculo laboral –de haber alguno-, es preciso señalar que su implementación no sólo responde a la idea de cubrir carencias de aquella índole, sino que -y ya desde hace bastantes años- se viene proponiendo de manera expresa o velada como alternativas al sistema de relaciones laborales.

Por esa vía, y para quienes animan ideas semejantes, se descargaría en el Estado o en Fondos diseñados a ese fin, buena parte de las típicas obligaciones a cargo de los empresarios -o incluso todas ellas- respecto de una masa importante de la fuerza laboral.

En esos esquemas, la típica forma de vinculación entre Trabajo y Capital quedaría reservada para un sector residual, minoritario, que se constituiría en una suerte de elite laboral; desconectada, colectiva e individualmente, del conjunto y por consiguiente neutralizada para llevar adelante cualquier transformación sistémica o que persiga un mejor posicionamiento en la tensión propia de aquel vínculo antagónico de base.

Por añadidura, como no podría ser de otra manera en un nuevo escenario como el aludido, se generaría un sustancial debilitamiento de las organizaciones gremiales tanto por la reducción de sus ámbitos de actuación, como por el recorte –no sólo formal- de su aptitud de representación de trabajadoras y trabajadores, con la correlativa merma de sus capacidades de acción (en la negociación y en el conflicto).

De igual modo se operaría un relevante impacto en los sistemas de seguridad social, con segregaciones contrarias a los principios de solidaridad, universalidad, equidad y progresividad, así como por los modos contributivos que se implementen en consonancia con aquel cambio de paradigmas.

Reconversión del trabajo

Los problemas que atraviesa la actividad productiva, que viene desde hace tiempo pero que ha adquirido ribetes insospechados con la pandemia, junto con las medidas sanitarias de aislamiento obligatorio y el reacomodamiento de las modalidades de trabajo en los ámbitos esenciales o exceptuados total o parcialmente del confinamiento, exigieron reconversiones en las prestaciones laborales.

Su justificación o recurrentes abusos verificados en la emergencia, reconocen una casuística de lo más variada que hace difícil establecer parámetros generales para analizar ese fenómeno. Sin embargo, se advierte un creciente incumplimiento de la normativa tutelar (DNU, Resoluciones y Disposiciones) dictada en este particular contexto, como la extensión de formas remotas de trabajo que tienden a disolver –diluir o mutar- las relaciones de empleo.

Es también elocuente lo que está ocurriendo en el trabajo sustentado en plataformas digitales (APP), como es el caso de los repartidores (“glovers” o “riders”) que, en circunstancias como las actuales en que esos servicios son más demandados, en lugar de mejorar sus condiciones de labor por demás precarias, se precarizan todavía más, no se les reconoce una mejor retribución en virtud de los riesgos que asumen ni se los dota de protección personal básica contra el contagio del Covid-19. A tal punto, que en esta semana se convocó y se llevó a cabo una huelga mundial de trabajadores comprendidos en ese tipo de aplicaciones.

Relaciones de empleo en riesgo

Las acechanza para el sostenimiento del sistema de relaciones del trabajo se multiplican, así como dan pie para alternativas sustitutivas que irán en desmedro de las condiciones de trabajo y de la calidad del empleo.

Las vías para concretarlas pueden constituirse en una suerte de Caballo de Troya, amparadas en la emergencia e instrumentadas, en principio, desde lo individual o lo colectivo.

Por lo cual, se torna fundamental la intervención tutelar del Estado, mediante una mayor presencia y control de las medidas que se implementen para sortear la presente crisis, como una política de reafirmación de un sistema de relaciones laborales sustentado en más y mejor empleo.

LA FERIA DE EL DESTAPE ►

MÁS INFO
Álvaro Ruiz

Abogado laboralista, profesor titular de derecho del Trabajo de Grado y Posgrado (UBA, UNLZ y UMSA). Autor de numerosos libros y publicaciones nacionales e internacionales. Columnista en medios de comunicación nacionales. Apasionado futbolero y destacado mediocampista.