El sitio oficial de la dirección nacional electoral explica que el voto válido es cuando se emite mediante boleta oficial de una misma agrupación para todas las categorías de cargos y que también vale si hay tachaduras, agregados o sustituciones pero el nombre de la agrupación política y la categoría de los candidatos se encuentra intacto.
Además, si en un sobre hay más boletas oficializadas de una misma agrupación política y categoría de cargos una se computará y se destruirán las restantes.
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El voto recurrido es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa y el voto de identidad impugnada es uno sobre el cual los presidentes de mesa o fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad: es decir, que no es el titular del DNI que presenta.
Si el sobre está vacío o contiene un papel en blanco, es voto en blanco y si hay una boleta pero falta una categoría se considera "en blanco" esa categoría y las demás se computan.
El nulo es cuando se vota con una boleta no oficial, hay objetos extraños (estampitas, comida, etc) o cuando hay boletas de distintas agrupaciones para el mismo cargo.