Claudio Bonadio fue apartado de la causa contra Cristina Kirchner por el uso de aviones presidenciales

La Cámara Federal de Casación consideró que el magistrado perdió parcialidad, lo que pone en riesgo al proceso penal en su conjunto.

20 de diciembre, 2019 | 18.43

La Cámara de Casación definió apartar al juez Claudio Bonadio de la causa que investiga a Cristina Kirchner, y en la que fue procesada por usar aviones presidenciales para trasladar muebles a Río Gallegos, por haber perdido la parcialidad en el proceso. Con este cambio, Sebastián Casanello será el encargado de llevar adelante la pesquisa, un desprendimiento de la causa de las fotocopias de los cuadernos. Ahora resta saber si ésto podría replicarse en otras averiguaciones a cargo del magistrado recusado.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación, conformada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, consideró que están "comprometidas las garantías del juez natural y de imparcialidad del juzgador, así como el debido proceso legal", según el fallo al que accedió El Destape.

En la decisión - que resolvió un pedido de recusación de Oscar Parrilli, quien estuvo procesado en el mismo expediente -, se sostuvo que "no puede tolerarse una interpretación que lleve al extremo de hacerle decir a la ley aquello que no dice" con el "riesgo de alterar definitivamente las reglas que gobiernan el proceso penal". 

Por lo tanto, el camarista Slokar remarcó, "resultaría impensable" que, por divergencias personales entre el magistrado y la parte imputada, el primero "pueda decidir aspectos referidos a la vida y el patrimonio" del acusado, sobre todo "cuando el juez de primera instancia inventa prueba de cargo que no existe, y los miembros de la Cámara, advertidos del particular, no asumen temperamento adecuado frente a semejante desaguisado”. Es que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal había rechazado la recusación a la que ahora la Cámara hizo lugar.

Y agregó que el apartamiento de un magistrado se funda en la protección constitucional que está garantizada para las partes involucradas y encontrar "una solución que reintegre al imputado la garantía de imparcialidad de los jueces que entenderán en su litigio penal", lo que "podría resultar violentado si permanece interviniendo el Dr. Bonadio”.

En su definición, Slokar apuntó duro contra Bonadio y manifestó que "la pesquisa del presente expediente data de hechos que habrían sido cometidos entre 2003 y 2015 y que fue iniciada tres años después de haber cesado la presunta comisión del delito, a instancias del propio magistrado recusado, que ordenó la extracción de testimonios en el marco de otro proceso a su cargo, originando de este modo la persecución penal".

El pedido de recusación fue cursado por la defensa de Parrilli en febrero de este año, en el que sus defensores expusieron que la denuncia realizada sobre el magistrado apartado se basó en que “falseó deliberadamente la transcripción de dos declaraciones testimoniales para fundar un auto de procesamiento en contra del imputado" y que "resulta impensable" la continuidad de un magistrado denunciado por el imputado.

En el fallo, basado en antecedentes internacionales, se resaltó la necesidad de "destacar que el derecho a ser juzgado por un juez o tribunal imparcial constituye una garantía fundamental del debido proceso" y que "la imparcialidad del tribunal requiere que sus integrantes no tengan un interés directo, una posición tomada, una preferencia por alguna de las partes y que no se encuentren involucrados en la controversia".

En base a la denuncia de la defensa y la respuesta poco objetiva de Bonadio, la Cámara infirió que se demostró "razonablemente la pérdida de posición neutral del magistrado en el proceso".

Bonadio, que llevó adelante numerosas causas contra la actual Vicepresidenta, consideró que los aviones presidenciales "se utilizaron con fines indebidos los aviones asignados a la Agrupación Aérea presidencial (T- 01, 02, 03, a partir de 2012 T- 04) y el avión Matrícula T-10 de la Fuerza Aérea Argentina", y entendió que se trató de un comportamiento "ilegal".

Uno de los pilotos que declaró contra CFK fue Claudio Humberto Trerotola, un vicecomodoro, expiloto del Tango 10, que también trabajó en la low cost FlyBondi y es un contratado macrista en la Administración General de Puertos, donde ingresó en septiembre de 2017.

Diez meses más tarde, el 10 de octubre de 2018, declaró contra Cristina Kirchner como expiloto del Tango 10. Su testimonio fue utilizado por el juez Claudio Bonadio para dictar el procesamiento de la Vicepresidenta.

Concretamente, Trerotola manifestó: "En varias ocasiones formé parte de la tripulación de dicho avión tanto como piloto y copiloto y trasladé en varias oportunidades a Néstor Kirchner y a Cristina Fernández al sur, en su mayoría a Río Gallegos, y en algunas oportunidades también trasladé a (Daniel) Muñoz (exsecretario privado de Néstor) como así a otras personas. En los vuelos que íbamos a Calafate nunca trasladé en ese avión a Néstor Kirchner, Cristina Fernández y Muñoz". 

El piloto narró: "los vuelos eran con destino a Calafate, casi siempre salían de Aeroparque los días sábados por la mañana tipo 06:30 y se trasladaban sobres con documentación, paquetes de diarios del día, personal doméstico y, en una oportunidad, un peluquero que por lo que tengo entendido eran empleados de Cristina Fernández”. La primera parte del testimonio fue utilizada por el fiscal Carlos Stornelli y la segunda por Bonadio, para dos causas diferentes. El primero lo hizo para elevar a juicio la causa de las fotocopias de los cuadernos y el segundo para el uso de aviones presidenciales.