La estrategia del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, se veía venir desde hace unos meses y se confirmó este domingo cuando anunció su postulación: él y su vicepresidente renunciarán a sus puestos para hacer campaña de cara a las elecciones del 4 de febrero del próximo año. En su lugar, nombrará a un designado presidencial, como lo establece la normativa local, de manera tal de sortear los obstáculos constitucionales que establecen que no está habilitada la reelección presidencial.
“Va a renunciar en diciembre, va a designar a un designado presidencial, valga la redundancia, y esta persona va a terminar sus seis meses de mandato que le restan de los cinco que establece el período electoral y, como repito, si los salvadoreños lo escogen, va a seguir, y si no, hasta aquí llegó su mandato”, explicó el jefe de la bancada parlamentaria del partido oficialista Nuevas Ideas, Christian Guevara, en entrevista con el medio peruano RPP. “Él va a someterse a este proceso de elección, va a participar como candidato, el 4 de febrero del año que viene y, si los salvadoreños deciden, va a seguir; y si los salvadoreños consideran que ha hecho un mal trabajo, pues, se le va a dar la oportunidad a otro candidato”, explicó Guevara.
La decisión, explicó el legislador, se debe a que el Tribunal Constitucional determinó en 2021 que el presidente puede “optar a la reelección toda vez no ejerciera el cargo seis meses antes de concluir su mandato”. Sin embargo, este fallo fue impuesto por su partido el día en que tomaron posesión del cargo los diputados con mayoría absoluta, señaló el portal El Salvador.
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El artículo 152 de la Constitución determina que “no podrá ser candidato a presidente de la República el que haya desempeñado la Presidencia por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del periodo presidencial”. El siguiente artículo, el 156, establece que “los cargos de presidente y de vicepresidente y los de designados solamente son renunciables por causa grave debidamente comprobada, que calificará la Asamblea”, sin que se mencione que sea para presentarse a la carrera por la reelección inmediata.
Según la Constitución, indicó El Mundo, la salida del presidente de la República de su cargo -por muerte, renuncia, remoción u otra causa- será resuelta con la asunción del vicepresidente o, a falta de éste, el primer designado. Y si éste falta, lo designará la Asamblea Legislativa. El cargo es renunciable por causa grave debidamente comprobada que calificará la Asamblea.
Los designados deben ser tres, pero Bukele no nombró a ninguno hasta ahora, pese a que la Justicia se lo exigió. Para el caso, el portal La Prensa informó que el mandatario enviaría una terna a ser aprobada por la Asamblea Legislativa en junio. En caso de que eso no sucediera, el siguiente en la línea sucesoria debería elegirlo el órgano legislativo.
Según la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad) de El Salvador, la resolución de la Sala Constitucional “carece de legitimidad constitucional”, ya que se produjo “a pesar de que la reelección presidencial está expresamente prohibida por la Constitución.