Un hombre de 62 años comenzó a ser juzgado por la Cámara Penal 2 de San Luis acusado de pagarle a un adolescente de 15 años a cambio de tener sexo, informaron hoy fuentes judiciales.
El hecho había sido denunciado por la madre de la víctima en septiembre de 2018, luego de que su hijo mayor recopilara pruebas en las redes sociales con las que se pudo probar que el adulto pagaba con dinero y otros recursos no monetarios al hermano menor, a cambio de sexo.
En la actualidad, el acusado se encuentra procesado por el delito con el que llegó a juicio a fines de febrero de 2021, imputado por "promoción y facilitación de la prostitución de un menor", con un pedido de pena de 11 años, pero sin prisión preventiva, por lo que llegó al debate en libertad.
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Según surgió de la investigación, hace cinco años el hermano mayor de la víctima decidió indagar el motivo por el cual su hermano menor, la víctima, siempre tenía dinero y otros bienes que no podía justificar, ingresó a sus redes y recopiló en un dispositivo las charlas y ofrecimientos del hombre que hoy es juzgado con su hermano.
Al parecer, el joven tenía una relación laboral con el imputado, para realizar reparaciones en su vivienda en la localidad de La Toma, que luego derivaron en el pedido de sexo a cambio de dinero; y las presuntas conversaciones ocurrieron entre enero de 2017 y septiembre de 2018.
El tribunal está compuesto por Hugo Guillermo Saa Petrino, Fernando De Viana y Adriana Lucero Alfonso. La defensa técnica es representada por Cándido Assat y como fiscal de Juicio actúa Ernesto Lutens.
La fiscal María del Valle Durán afirmó en un tramo de su acusación que los ofrecimientos de pago en dinero y especies al menor, "luego se concretaron en diferentes oportunidades en que el adolescente concurrió al domicilio del imputado de la localidad de La Toma" e indicó que el acusado "determinó al adolescente a que se prostituyese, de la prueba recabada surge claramente que lo convenció y lo persuadió a hacerlo".
"La acción típica se completa con la promoción o la facilitación de la prostitución, por lo que es suficiente que el autor ayude o contribuya, induzca, impulse, etc. porque lo punible no es el ejercicio de la prostitución sino la actividad del autor tendiente a introducir en la promoción, o mantener o intensificar en la facilitación el ejercicio de la prostitución", aclaró la fiscal.
Con información de Télam