Un hombre de 34 años fue condenado en la ciudad de Santa Fe a la pena de 12 años de prisión por el abuso sexual de su propia hermana, a quien comenzó a vulnerar cuando iba al jardín de infantes, en una situación que se extendió por el lapso de ocho años, informaron hoy voceros judiciales.
La sentencia fue impuesta por un tribunal integrado por los jueces Cecilia Labanca, Leandro Lazzarini y Pablo Ruiz Staiger, y recayó sobre un hombre cuya identidad no se brinda debido a que posee el mismo apellido de la víctima.
Las fiscales Luciana Escobar Cello y Jorgelina Mosser Ferro, de la Unidad Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas) sostuvieron que están conformes con lo resuelto por el tribunal, y agregaron que aguardaremos los fundamentos del fallo para conocer por qué los jueces resolvieron como lo hicieron.
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Los ilícitos fueron cometidos en reiteradas oportunidades entre 2012 y 2019 en perjuicio de la misma persona en las localidades de Santa Fe y Monte Vera, aseguraron las fiscales, y remarcaron que cuando comenzó a ser vulnerada por su hermano, la víctima iba al jardín de infantes.
Durante el debate plantearon que el condenado llevó a cabo numerosos hechos de abuso sexual hacia la niña en domicilios en los que convivieron, ya que aprovechó "momentos en los que se quedaron a solas para atacarla sin que nadie pudiera ayudarla.
Con el fin de procurar su impunidad, el hombre de 34 años solía amenazar a su hermana luego de las conductas delictivas y la sometía a maltratos psicológicos constantes, afirmaron las funcionarias.
Además, puntualizaron que por la modalidad, frecuencia y duración de los abusos, la diferencia etaria entre el condenado y la víctima, la corta edad de ella y el vínculo que los une, lo ocurrido tuvo entidad suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo de la sexualidad de la niña.
El hombre fue condenado por la autoría de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, por la guarda y por haber sido cometido en contra de una persona menor de edad con la que convivía; abuso sexual simple agravado por el vínculo y por la guarda; y promoción a la corrupción de menores agravada.
Con información de Télam