El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) inscribirá de oficio en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual a las empresas o personas que integran las diferentes ramas de esa industria que no figuren hasta el momento, según la Resolución 207/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Según la Ley N° 17741 y sus modificatorias, el Incaa tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.
En ese sentido, la Resolución 207, firmada por el vicepresidente a cargo de la presidencia del Incaa, Nicolás Batlle, aclara que las empresas o personas jurídicas que formen parte de la actividad y no se hubieren registrado, habilitan el accionar de Instituto de Cine a iniciar en todos los casos el sumario correspondiente.
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La resolución detalla quiénes deben figurar en el registro: productoras de cine, televisión y video, distribuidoras, exhibidoras, laboratorios y estudios cinematográficos, además de empresas editoras, distribuidoras de videogramas grabados, titulares de videoclubes y/o todo otro local o empresa dedicados a la venta, locación o exhibición de películas por el sistema de videocassette o por cualquier otro medio o sistema.
Cabe señalar que el texto publicado en el BO especifica que el Incaa, a través de la Gerencia de Fiscalización a la Industria Audiovisual ha detectado incumplimientos de distinto grado a la obligación de inscripción y/o reinscripción ante el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual y, en consecuencia, libró una serie de intimaciones para regularizar dicha situación, las que en algunos casos no obtuvieron respuestas.
Es por eso que la Gerencia de Fiscalización será la encargada de efectuar la inscripción de oficio ante el registro a aquellos sujetos en relación a los cuales se detecte actividad en el ámbito nacional que indique que la misma se encuentra alcanzada por el art. 57 de la Ley 17.741 y que no se hubieran inscripto en forma espontánea.
Con información de Télam