Las vacaciones no gozadas (VNG) son los días de descanso anuales que un trabajador no ha podido disfrutar debido a la extinción de su contrato de trabajo. Según la ley, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por esos días no utilizados, que se calcula en función del tiempo trabajado.
Cómo calcular las vacaciones no gozadas
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Determinar el período trabajado: Establece la cantidad de meses o días que trabajaste en el año.
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Calcular el total de días de vacaciones: Generalmente, se otorgan 30 días de vacaciones por cada año completo trabajado. Si trabajaste menos de un año, se calcula de manera proporcional
La fórmula es la siguiente:
Días de vacaciones = Días trabajados / 365 x 30
3. Identificar los días gozados: Resta los días de vacaciones que efectivamente tomaste
4. Calcular las vacaciones no gozadas:
Fórmula: indemnización = vacaciones no gozadas x salario diario.
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Calcular el monto a percibir: Multiplica los días de vacaciones no gozadas por el salario diario del trabajador.
Las vacaciones no gozadas son el único caso en que las vacaciones se reemplazar por dinero. Las VNG son concepto indemnizatorio reconocido por la ley de contrato de trabajo, por lo tanto no se realizan aportes ni contribuciones de ninguna naturaleza.
También, se puede dar el caso de que debamos liquidar vacaciones no gozadas por dos períodos, por ejemplo, si interrupción del contrato de trabajo se produce en febrero 2024, y el trabajador no gozó de las vacaciones 2023, deberemos liquidar estas, además de las 2024.
Además, sobre las vacaciones no gozadas, debemos calcular la incidencia del aguinaldo, para lo cual, debemos dividir por 12 el monto de las vacaciones no gozadas. Por último, las vacaciones no gozadas, se pagarán en la liquidación final, junto con el resto de los conceptos y deben pagarse cualquiera sea el motivo de la finalización del contrato de trabajo.
¿Cómo se calcula el proporcional de vacaciones?
Para realizar el cálculo del proporcional de vacaciones, los trabajadores en relación de dependencia deben tener en cuenta dos factores.
Los días de vacaciones que le corresponden a cada trabajador dependen de la cantidad de jornadas en las que prestó tareas el empleado y la antigüedad o cantidad de años que lleva trabajando para el mismo empleador.
Los trabajadores que tienen entre 6 meses y 5 años de antigüedad con el mismo empleador, tienen por derecho 14 días corridos al año. Es decir, el empleador debebe abonar el pago de las dos semanas de vacaciones durante cada año hasta los 5 años de antigüedad del colaborador, se pida o no el tiempo de descanso.
Luego de haber pasado los 5 años, hasta los 10 años de antigüedad, al empleado le corresponden 21 días de vacaciones pagas al año. Entre los 10 y los 20 años de antigüedad del trabajador con el mismo empleador, corresponden 28 días corridos de vacaciones pagas.
Aquellas personas que cuenten con más de 20 años de trabajo en un mismo lugar pueden tomarse hasta 35 días corridos de vacaciones al año. Es importante mencionar que hay convenios colectivos de trabajo en la Argentina que disponen otro esquema para las vacaciones, con mejores condiciones para los empleados. En esos casos, aplica lo que se determina en el contrato colectivo.