A un año de la ley de cupo laboral trans, los principales artículos no son cumplidos y los derechos de las personas pertenecientes a este colectivo se ven cada vez más vulnerados. Además de las faltas de respeto en el ámbito laboral en lo cotidiano, se contrató menos del 6% de lo determinado por la legislación y apenas el 16% de esa porción que ingresaron lo hicieron en planta permanente.
De acuerdo a un informe de la fundación Fundar, el Cupo Laboral Travesti, Trans y No Binarie (TTNB) del 1% equivale a la incorporación de 5.551 personas en la Administración Pública Nacional. Durante casi el primer año de vigencia del cupo (9 de julio de 2022), se contrataron un total de 313 personas, lo que representa menos del 6% de lo determinado por ley.
Los escasos datos disponibles muestran que entre el 80 y 90% de la comunidad no se encuentra incorporada al mercado de trabajo formal; por el contrario, su situación laboral es insegura y de precaria estabilidad. Las búsquedas de trabajo son particularmente hostiles dada la discriminación que reciben: más del 60% nunca accedió a una entrevista laboral luego de asumir socialmente su identidad.
¿Qué dice la norma?
La Ley 27.636 establece que el sector público nacional (en los tres poderes del Estado) debe reservar, al menos, el 1% de sus cargos y vacantes para personas travesti-trans. A su vez, invita a las universidades a adherirse. El cumplimiento queda en manos de la Unidad de Coordinación, que deberá articular con los Ministerios de Educación y de Trabajo junto con el Instituto Nacional de la Administración Pública. Sin embargo, no se cuenta con información suficiente para dar cuenta de la implementación de mecanismos o protocolos para garantizar el acceso a la escolaridad formal y a ámbitos de formación laboral.
Aunque las estadísticas oficiales son pocas, todos los relevamientos muestran la temprana expulsión de la población TTNB del sistema educativo. Dos tercios o más de las personas travesti-trans no han completado sus estudios secundarios.
Al incorporar la variable de edad a este análisis, el informe apuntó que la falta de ingresos es la principal dificultad para continuar los estudios y es una razón de mayor peso para quienes tienen 41 años y más (46%) y quienes tienen entre 18 y 29 años (38%). Son los grupos que presentan peores condiciones laborales, según cifras del Ministerio Público de la Defensa.
Justamente, la ley recupera el principio de no discriminación. Para ello, establece que los requisitos se flexibilicen y se garantice un trato equitativo de acuerdo a la situación de vulnerabilidad de la población TTNB: los antecedentes contravencionales no podrán ser considerados y tampoco aquellos antecedentes penales que sean irrelevantes para el puesto.
A su vez, la ley establece que la terminalidad educativa no debe representar una barrera para la incorporación. También determina que los perfiles laborales sean puestos a disposición mediante un proceso informático de aleatorización, que considera variables de vulnerabilidad. En concreto, se da prioridad a quienes declaren tener estudios obligatorios incompletos cuando las búsquedas no requieran secundario completo.
¿Cuál es la situación actual?
Las personas mayores de 40 años representan sólo el 14% de las contrataciones. Esta realidad "es provocada por la persecución policial y judicial, la exclusión de la salud, la exclusión educativa y la ausencia de políticas públicas alrededor de la vivienda, el trabajo, la formación y la inclusión de la población TTNB en toda la estructura política, social, cultural y económica", señaló el documento.
El relevamiento muestra que el 91% de las contrataciones se dieron en organismos de la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires. Por otra parte, se observaron datos preocupantes relacionados con la falta de medidas para acompañar e impulsar una inclusión laboral efectiva y sostenible para las personas TTNB, con perspectiva de género y diversidad. En ese sentido, sólo el 16% de las personas que ingresaron tienen un contrato de planta permanente.
Otro fator problemático, se detectaron dificultades para acceder a coberturas de salud que contemplen los tratamientos transicionales en un 58% de las personas encuestadas. Tanto obras sociales como prepagas son áreas especialmente difíciles a la hora del acceso a los derechos de salud que corresponden por ley. En los últimos años, se registró una mayor reacción negativa hacia la incorporación de personas travestis-trans como afiliades y ante la solicitud de tratamientos, intervenciones quirúrgicas, como así también una falta de corrección de datos en los sistemas.
Como último dato, un 35% de las personas contratadas relevadas por el estudio manifestó que no se respeta su identidad en el trato cotidiano con los equipos de trabajo, en los sistemas informáticos y en comunicaciones oficiales de sus espacios laborales. Esto viola el Artículo 1 de la Ley de Identidad de Género, que reconoce el derecho de todas las personas a ser tratadas de acuerdo con su identidad de género y a ser identificadas de ese modo en los instrumentos que acrediten su identidad.