El impacto de los descuentos en las facturas de gas por la aplicación efectiva de la ampliación del Régimen de Zonas Frías, del 30% al 50%, empezará a percibirse a partir de fines de agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas de septiembre y octubre. De esta manera, la cobertura de los consumos de los meses de julio, agosto y septiembre registrarán un variado impacto del beneficio de acuerdo con los cierres de lectura de cada prestadora, informó el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
Mientras tanto, las distribuidoras del servicio público de gas comenzaron a recibir las notificaciones para instrumentar medidas de difusión en los beneficios de la Ampliación del Régimen Zona Fría fijada por la ley 27.637. El interventor del Enargas, Federico Bernal, explicó que el impacto de los descuentos en las facturas "empezará a percibirse -reglamentación de la Ley mediante- a partir de fines de agosto de forma moderada, para ir creciendo con las facturas de septiembre y octubre".
Así, la cobertura de los consumos de julio, agosto y septiembre "registrarán un variado impacto del beneficio de acuerdo a los cierres de lectura de cada prestadora”, aclaró el funcionario.
Para la difusión del alcance de la nueva normativa sancionada por el Congreso, el Ente dispuso incorporar un flyer, un banner y un sello de agua en las facturas de los beneficiarios -tanto impresas como en formato digital- que contengan información sobre la Ampliación del Régimen Zona Fría y brindar información sobre el alcance del beneficio. Adicionalmente, en todos los canales de comunicación habilitados por la Prestadora (página web, comunicación telefónica, WhatsApp, mensajes de texto, mailing, entre otros) deberán difundirse los beneficios que surgen de la referida Ley a los usuarios y las usuarias alcanzados.
A su vez, el sitio web de la prestadora deberá incluir en su página principal, a primera vista y en forma destacada, un banner relativo al beneficio, el que deberá contener un acceso a una sección en el propio sitio de la Licenciataria, donde se brinde información clara a los usuarios acerca de los principales aspectos de la ley.
Que reglamentó la ley
El Gobierno promulgó la semana pasada la Ley 27.637 que propone una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas, a través del Decreto 441/2021. La normativa modifica el artículo 75 del Presupuesto 2021 para beneficiar a más de tres millones de habitantes de municipios de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.
Además, reduce en alrededor del 50% las tarifas a los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.
También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur. Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.
La ley también prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565) y aumenta la cantidad de departamentos y localidades de todo el país de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.