El Gobierno ya tendría preparado el decreto que reglamenta los cambios en el Impuesto a las Ganancias, que fue sancionado como parte del Paquete Fiscal. Era una de las medidas pendientes, después de las reglamentaciones de la moratoria, el blanqueo y los cambios en bienes personales.
El decreto que se publicaría en las próximas horas en el Boletín Oficial mantendría la baja del piso a $ 1,8 millón brutos para solteros (unos $ 1.5 millón netos) y $ 2,2 millones para personas con dos hijos (1,95 millón netos) votada en el paquete fiscal. Los cambios comenzarían a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.
Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $ 2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio.
En este contexto, la dialoguista CGT había pedido que se hiciera una actualización del piso, ya que el proyecto original había sido redactado cinco meses atrás. “No puede seguir siendo lo mismo, porque en el medio hubo 60% de inflación", había manifestado Héctor Daer, uno de los integrantes del triunvirato de la CGT.
De todas maneras, el Gobierno resolvió que la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
MÁS INFO
Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores que permanecían exentos de Ganancias hasta los cambios introducidos, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico. Dicho universo de trabajadores volverá a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.
Los valores del impuesto a pagar arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y superan los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.
Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto. La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otros gastos permitidos con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc.