El gremio de Camioneros, a cargo de Pablo Moyano y que reúne a los trabajadores de transporte y logística de todo el país, acordó un nuevo aumento salarial para junio, julio y agosto que incluye la entrega de sumas remunerativas que forman parte de la recomposición salarial del sector.
“Conforme el acuerdo celebrado con fecha 13 de junio de 2014, las partes acuerdan otorgar un incremento en los salarios del Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 a partir del 1 de junio de 2024 de un 5% sobre los salarios de mayo de 2024″, señala la primera parte del mensaje del sindicato.
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En tanto, a partir del 1 de julio de 2024 se dará “un incremento del 4% y una suma adicional de carácter remunerativo equivalente al 3% de cada categoría, formando parte del salario básico a todos sus efectos legales, sobre los salarios de mayo de 2024", se lee en el despliegue para el séptimo mes del año.
“Y a partir de 1 de agosto de 2024 un incremento de 3% y una suma adicional de carácter remunerativo equivalente al 2% de cada categoría, formando parte del salario básico a todos sus efectos legales, sobre los salarios de mayo de 2024, según se detalla en las escalas adjuntas al presente expediente”, indica el comunicado del gremio.
A su vez, el acuerdo aclara que las sumas adicionales son en carácter de recomposición.
Salarios: cuánto cobran los camioneros en junio de 2024
Los trabajadores del transporte cuentan con el siguiente diagrama de salarios básicos para sus diferentes categorías a partir de junio de 2024, cuyo incremento lo verán reflejado en la liquidación del mes de julio:
- Conductor de primera categoría: $532.301,87.
- Conductor de segunda categoría: $522.816,04.
- Conductor de tercera categoría (fletes al instante): $513.320,62.
- Conductores de grúas de hasta 10 toneladas y operadores de autoelevadores: $541.791,66.
- Conductores de grúas de más de 10 y hasta 20 toneladas: $595.970,83.
- Conductores de grúas de más de 20 y hasta 35 toneladas: $619.809,66.
- Conductores de grúas de más de 35 y hasta 45 toneladas: $644.602,05.
- Conductores de grúas de más de 45 y hasta 55 toneladas: $670.386,13.
- Conductores de grúas de más de 55 y hasta 70 toneladas: $703.905,44.
- Conductores de grúas de más de 70 y hasta 90 toneladas: $739.100,71.
- Conductores de grúas de más de 90 y hasta 110 toneladas: $776.055,75.
- Conductores de grúas de más de 110 y hasta 140 toneladas: $814.858,54.
- Conductores de grúas de más de 140 y hasta 170 toneladas: $855.601,47.
- Conductores de grúas de más de 170 y hasta 300 toneladas: $898.381,54.
- Conductores de grúas de más de 300 toneladas: $970.252,06.
- Encargado: $500.288,63.
- Recibidor y/o clasificador de guías: $495.516,63.
- Operarios especializados: $490.842,23.
- Recolectores de residuos y limpieza: $490.842,23.
- Peones: $486.157,70.
- Peones generales de barrido y limpieza: $486.157,70.
- Operador de servicios: $566.390,27.
- Distribuidor domiciliario: $515.524,66.
- Ayudantes mayores de 18 años: $476.840,56.
- Chofer de camión blindado: $572.292,04.
- Chofer con firma: $614.628,42.
- Custodia de camión de caudales: $496.172,12.
- Auxiliar operativo de primera: $731.473,95.
- Auxiliar operativo de segunda: $509.537,81.
- Oficial de primera: $592.840,45.
- Oficial completo de taller: $562.124,98.
- Oficial: $534.435,77.
- Medio oficial: $504.860,38.
- Oficial gomero: $534.435,77.
- Medio oficial gomero: $504.860,38.
- Lavadores, engrasadores y ayudantes de taller: $504.860,38.
- Personal administrativo- primera categoría: $529.710,87.
- Personal administrativo- segunda categoría: $509.537,81.
- Personal administrativo- tercera categoría: $490.842,23.
- Personal administrativo- cuarta categoría: $481.503,57.
- Maestranza y/o serenos: $481.503,57.
- Auxiliar operativo de primera clearing y correo privado: $530.684,03.
- Auxiliar operativo de segunda clearing y correo privado: $505.075,78.
Cabe destacar que los montos establecidos son los salarios básicos a los que hay que adicionarle los conceptos de comida, viático especial, pernoctada, horas extraordinarias por kilometraje recorrido, permanencia fuera de residencia habitual y presencia simple (este ítem es mayor si la zona de cobertura es al sur del Río Colorado), viático por cruce de frontera y viáticos por ingreso y egreso a Tierra del Fuego, choferes de larga distancia, plus vacacional y adicional bitrenes.