La Sociedad Rural Argentina (SRA) se presentó ante la Corte Suprema de Justicia “como amigo del tribunal” para defender la validez de la reforma laboral incluida en el DNU 70/2023, ahora bajo estudio del máximo tribunal. Su objetivo es que se regrese a un plexo normativo donde no haya multas ni sanciones hacia los dueños de campos y establecimientos rurales por violar la normativa laboral. El argumento de fondo sería que “sin sanciones” podría aumentar el trabajo registrado. El texto fue acompañado también por Coninagro y la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME).
El DNU 70/2023 pretende regresar a la normativa laboral de la última dictadura cívico militar “donde las patronales tenían libertad de contratación sin necesidad de establecer derechos para los peones rurales”, analizó Luis Palmieri, abogado laboralista y asesor de la Federación de Trabajadores de la Economía Social.
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El sector agropecuario, en su actividad primaria, es el que presenta los mayores índices de informalidad laboral. E incluso la mayor cantidad de casos de trata de personas con fines de explotación laboral, según los registros de la Procuraduría contra la Trata de Personas (Protex).
Vuelta la Colonia
“Las multas de las leyes 24.013 (regulación empleo no registrado), 25.323 (indemnizaciones) y 25.345 (aportes y contribuciones previsionales) fueron el peor error de política legislativa en materia social y económica de la historia del derecho del trabajo en la Argentina, en tanto disuaden a los empleadores de contratar de un modo muy trascendente”, puede leerse en la presentación de la SRA, CAME y Coninagro.
Para las tres entidades, dicho plexo normativo sería responsable por las dificultades en la generación de empleo genuino, “al enfrentar a las pymes con la contingencia de afrontar una erogación que el propio negocio es incapaz de generar”. Al igual que el Gobierno de Javier Milei, la SRA pretende retrotraerse hacia la época de la Colonia, donde no existían derechos laborales algunos. Así lo explicitaron en su presentación ante la CSJ.
MÁS INFO
“Conocer la historia de la Sociedad Rural Argentina es imprescindible para entender un proyecto de país enraizado en la historia nacional desde los tiempos de la colonia. Porque no se trata sólo de reflexionar sobre la propiedad de la tierra y la toma del poder por parte de los intereses que esa institución representa, sino también sobre un modelo sociocultural, una mirada, una actitud y costumbres”, explicitaron los ruralistas en su texto ante la CSJ.
Lo cierto es que los derechos laborales de los trabajadores rurales recién volvieron a comprenderse dentro de las generales de la Ley de Contrato de Trabajo hacia fines de 2011, cuando la administración de Cristina Fernández de Kirchner sancionó la ley 26.727 (nuevo estatuto del peón rural). Para las patronales del agro, la costumbre siempre ha sido la precarización laboral de sus trabajadores.
Los datos
Según los datos analizados por el Indec en su informe “Cuenta de generación del ingreso e insumo de mano de obra”, hacia fines del año pasado había en el país 1.382.000 trabajadores rurales (agricultura, ganadería, caza y silvicultura). ¿Cuántos estaban registrados? De acuerdo a los datos oficiales, los peones con recibo de sueldo llegaban, solamente, a los 329.000. Es decir, el 24 por ciento del total.
Los trabajadores y trabajadoras rurales no registrados casi que duplicaban a los formales. Según el Indec, 588.000 peones estarían en la total informalidad, mientras que otros 466.000 serían considerados no asalariados. Los informales puros, es decir aquellos que al cierre de 2023 carecían de una libreta del peón rural ascendían el 43% del total de trabajadores del sector. Entre los no asalariados también se esconden situaciones de precariedad laboral.
Los motivos de la SRA
“El DNU 70/23 baja las penalidades para el trabajo no registrado y recupera la bolsa de trabajo que tenía la UATRE, que le permitía la libertad de contratación sin ningún tipo de garantías a los dueños de los campos, tal como existía en la vieja ley del trabajo rural de la dictadura”, explicó Palmieri en diálogo con El Destape. El DNU de Milei eliminó las multas que impone la ley en favor de los trabajadores cuando la empresa, una vez intimada a registrar, no lo hiciera en tiempo y forma; también se daría marcha atrás con la regulación que establecía sanciones para las patronales en el caso de que los trabajadores no registrados, una vez despedidos, no pagasen las indemnizaciones correspondientes.
La ley 26.727, sancionada en diciembre de 2011 bajo la administración de CFK, prohibía la actuación de empresas de servicios temporarios, agencias de colocación o cualquier otra empresa que provea trabajadores para la realización de las tareas y actividades vinculadas al ámbito rural.
Con esta regulación, el Estado pretendía evitar la captación de personal por parte de “agencias tercerizadoras”, muchas veces en connivencia con los dueños de establecimientos rurales, que solían poner en situación de vulnerabilidad a los trabajadores del sector. “El DNU 70/23 deroga esta regulación. El detalle sustancial que no puede obviarse es que el sector concentra la mayor cantidad de trabajadores bajo condiciones de informalidad, prácticamente sin controles desde que se eliminó el Renatea, también por un fallo de la CSJ”, concluyó Palmieri.