El desafío de un esquema tributario integral más progresivo e inclusivo

El Gobierno tiene la oportunidad de estimular la actividad económica con el objetivo de ir a un sendero fiscal sustentable, lo que no implica aplicar un ajuste sobre el gasto. 

28 de enero, 2022 | 00.05

Despejar el horizonte de "apriete" del Fondo Monetario Internacional al menos dos años no es una cuestión menor y el Gobierno, en tal sentido, podría utilizar ese lapso para estimular la actividad económica con el objetivo de ir a un sendero fiscal sustentable, sin que signifique aplicar un ajuste sobre el gasto. Por el contrario, tiene la oportunidad de avanzar en un sistema tributario progresivo que impulse y aproveche el crecimiento de la actividad económica para redistribuir esa mejora de forma más equitativa. Tampoco implica crear más impuestos, sino hacer más progresivos los existentes e incluir a la mayor cantidad de personas a la formalidad para mejorar la recaudación, lo que, por la vía virtuosa, llevaría al objetivo de un programa fiscal sustentable.

Las arcas públicas cerraron el año pasado con un déficit primario acumulado de 1.407.641 millones de pesos y un déficit financiero de 2.091.882 millones, luego de excluir los ingresos extraordinarios correspondientes a los Derechos Especiales de Giro del FMI. De tal manera, con las últimas estimaciones del PBI, el déficit primario del año cerraría en torno al 3 por ciento del Producto, mientras que el déficit financiero había finalizado en el 4,5 por ciento. Esta dinámica se explica por un incremento real de los ingresos totales del 17,6 por ciento interanual, en simultáneo con una política fiscal expansiva (12,9 por ciento real neto de los gastos por COVID) que garantiza el crecimiento económico con inclusión social, al tiempo que se avanza en la sustentabilidad de las finanzas públicas.

Con una inflación superior al 50 por ciento, el gasto primario se contrajo en términos reales el año pasado. El gasto público primario nacional acumulado a noviembre del año pasado fue en términos reales un 6,7 por ciento inferior a igual período de 2017, previo al ajustazo que aplicó el macrismo en el marco de un acuerdo con el Fondo, según el último informe Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).  La caída se enfocó en las prestaciones sociales, que se redujeron en 6,3 por ciento entre 2017 y 2021. Lo mismo sucedió con el gasto total, dado que el pago de los intereses de deuda  también fueron inferiores en los últimos años, a partir de la reestructuración de la deuda con acreedores privados que dejó la administración Cambiemos. 

El objetivo para los próximos años es mantener un sendero de crecimiento de los recursos para evitar un ajuste, caer en mayor endeudamiento o emitir más pesos. Dos ejemplos que dejó en ese sentido el 2021 fue el aporte extraordinario, que se aplicó por única vez para patrimonios personales superiores a los 200 millones de pesos y los últimos cambios en el impuesto sobre bienes personales. Para aliviar, vía aumento del mínimo no imponible de bienes personales, a más de medio millón de contribuyentes de menores ingresos que dejarán de pagarlo, se elevó para compensar la pérdida de recursos la alícuota para patrimonios que superan los 100 millones de pesos, que son alrededor de 15.000 personas, de 1,25 por ciento a 1,5 por ciento. Mientras que la alícuota se extiende a 1,75 por ciento para patrimonios mayores a 300 millones de pesos.

Incluir para recaudar

El sistema tributario permite financiar al Estado a través de la recaudación, pero también es una herramienta de inclusión social y puede acompañar la reactivación económica y productiva actual, por lo tanto tiene que tener un enfoque que promocione las actividades; especialmente en medio de la actual crisis, considerando que hay muchas personas que están en la informalidad.  "El régimen tributario tiene que acompañar esa inclusión en el sistema con la condición de que mejoren los ingresos y, con ello, la recaudación. Para ello, se requiere de cambios en la normativa para no los excluya", explica Miriam Juaiek, especialista en Economía Social e integrante de Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortíz (CESO) en diálogo con El Destape

Un ejemplo es el monotributo social, que esta subvencionado por el Estado, y muchas personas pueden acceder así a jubilación y obra social, dos de los componentes del régimen simplificado. Además, es una herramienta de mejora en las condiciones laborales. "Esa transición deja de estar subvencionado a ser reemplazado por ingresos directos de actividades que de otra manera no hubiera accedido es lo que lo hace virtuoso", detalla la especialista. 

Cualquier reforma requiere de una armonización de las normas impositivas, en cuanto a reflejar la variedad por tipo de contribuyente, no solo en pequeño y grande, como se piensa actualmente, sino que tenga en cuenta las diferentes características dentro de los pequeños contribuyentes. No es lo mismo una pyme que una organización de la economía social y popular o que provenga de la actividad informal. 
También requiere una mirada territorial. "

Muchas veces cuando se dictan las normas impositivas nacionales, no son los mismos los recursos y las posibilidades que tienen todos los contribuyentes del país. La mayoría de los trámites se realizan a través de internet, pero no todos tienen acceso a ese recurso", remarca Juaiek. En todo caso, poder cumplir con las obligaciones fiscales requiere de una estructura que no todas la organizaciones sociales tienen y esa situación termina potenciando la informalidad. 

"Dentro de la economía el porcentaje de la actividad informal es muy significativo, en torno al 40 por ciento. Entonces, no se puede pretender una mejora en la economía sin atender este sector", señala la investigadora del CESO. 

Los gigantes tecnológicos

En el caso de los servicios digitales, de enorme crecimiento en los últimos años, a la espera de una definición multilateral en el Marco Inclusivo de la OCDE y el G20, en el que la Argentina participa activamente, el país aún no incorporó ninguna modalidad de tributación directa a las firmas de servicios digitales del exterior.

"A diferencia de lo que ocurre con los bienes físicos, resulta difícil registrar la presencia digital de las firmas en las economías, así como las transacciones transfronterizas de servicios digitales, para poder determinar cuál es la jurisdicción pertinente para ejercer potestades tributarias y hacerlo de manera eficaz", señala un documento sobre Economía Digital y Tributación realizado por Anahí Amar, funcionaria de la oficina de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en Buenos Aires, y Verónica Grondona, directora de Fiscalidad Internacional de la AFIP.

Esta dificultad, que atañe fundamentalmente a las grandes empresas digitales, agrava una problemática previa relacionada con las prácticas elusivas de las empresas multinacionales —incluidas las digitales—, que pueden aprovechar su presencia internacional para desviar, vía lo que se denomina “planificación tributaria agresiva”, sus beneficios hacia jurisdicciones de baja tributación.  El resultado es una pérdida de recaudación importante, en especial para los países en desarrollo. Esta situación implica entonces de un tratamiento tributario inequitativo entre las grandes firmas digitales del exterior y las empresas que participan en los mismos mercados solo a nivel local, con las obligaciones formales y fiscales correspondientes.

En este caso se viene trabajando desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20 en dos propuestas que apunten a superar estos desafíos globales. La primera de ellas busca la unificación de la tributación de una parte de las ganancias de las multinacionales que presenten un fuerte componente digital. Esto implica compartir potestades tributarias y consensuar criterios de reparto posterior entre países. La segunda, consiste en el establecimiento de un impuesto mínimo global que contribuya a mitigar la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios por parte de las empresas multinacionales.

En paralelo al trabajo de este foro y a la espera de una solución de carácter global, muchos países han avanzado en proyectos legislativos orientados a recaudar impuestos propios sobre los servicios digitales. La Argentina dio algunos pasos en lo que respecta a la tributación indirecta a los servicios digitales del exterior. "Si bien algunos servicios digitales estaban alcanzados la ley del IVA desde 1998 —cuando el servicio era explotado o utilizado efectivamente en territorio argentino—, en 2018 los servicios digitales fueron incorporados siguiendo las directrices de la OCDE como nuevo hecho gravado diferenciado del resto de los servicios", según el documento de CEPAL y AFIP.

Los servicios digitales consumidos o utilizados en el país están sujetos a una alícuota del 21 por ciento en concepto del IVA a nivel nacional, y las empresas demandantes de estos servicios pueden deducir el impuesto pagado como crédito fiscal. La Argentina no cuenta todavía con un registro de empresas beneficiarias (proveedoras) del exterior para el pago del impuesto, como sí existe en otros países de la región: Chile, Colombia o México. 

A nivel provincial son varias las jurisdicciones subnacionales que incluyeron a los servicios digitales del exterior en el impuesto a los ingresos brutos, un impuesto en cascada que grava a todas las ventas de bienes y servicios con tasas de entre el 1,5 por ciento y el 5,5 por ciento. Es el caso de Buenos Aires, Córdoba, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Salta, Tucumán, La Pampa, Chaco, San Juan, Mendoza, Río Negro y Chubut.