La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo de la Nación reglamentó los beneficios del régimen de Bienes de Capital 4.0, que otorga incentivos a las empresas del sector que exporten, inviertan en Investigación y Desarrollo, y realicen certificaciones de calidad, con el objetivo de favorecer al cambio de la estructura productiva de la Argentina. El nuevo régimen, que será más ágil e incorpora mejoras en la gestión, también pone en marcha el Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (FONDIMA) para financiar inversiones productivas.
“Este régimen es una política industrial federal y transversal para un sector que es la madre de todas las industrias, y tiene un impacto directo en muchas economías provinciales y en muchos sectores productivos”, afirmó el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren, y destacó la importancia de brindar “herramientas concretas para que las empresas puedan seguir creciendo y contribuir al cambio de la estructura productiva que Argentina necesita para salir del atolladero actual y avanzar al desarrollo”.
La Resolución N°151, publicada este lunes y en el Boletín Oficial, concluye la reglamentación del Decreto N° 209 y aprueba el Reglamento Operativo para la solicitud anual del Bono Fiscal, a realizarse entre abril y julio de cada año. Se establece el procedimiento, los requisitos y la documentación para la solicitud del bono y se reglamentan los beneficios para que los fabricantes de bienes de capital puedan contar con mayor previsibilidad y agilidad en los procesos administrativos, e incorporar tecnologías innovadoras.
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“Con este nuevo régimen queremos acompañar los nuevos desafíos productivos y tecnológicos de un sector estratégico, considerado ‘la industria de las industrias’, y que tiene un altísimo impacto en la competitividad de todo el entramado productivo”, afirmó la subsecretaria de Industria, Priscila Makari.
Beneficios para industria
- Bono de crédito fiscal anual por un monto equivalente a los siguientes conceptos:
- Ganancias: 40 % del valor resultante de multiplicar el total del Impuesto a las Ganancias del ejercicio fiscal inmediato anterior al de la petición por el porcentaje de facturación de la venta de los bienes fabricados comprendidos en el régimen.
- Investigación + Desarrollo: 80 % del monto de las inversiones efectuadas en I+D por hasta un 2,5% de la facturación de la venta de los bienes fabricados por cuenta propia en caso de MiPyMEs y hasta un 2% de la facturación efectuada por dicho concepto para el resto de las empresas.
- Exportaciones: 60 % de los reintegros a la exportación autorizados por productos comprendidos en las posiciones arancelarias de Bienes de Capital.
- Normas de calidad: 30% para MiPyME y 15% para el resto, de la sumatoria de los montos de beneficio percibidos en concepto de reducción de contribuciones patronales y el beneficio sobre el impuesto a las ganancias , para aquellas empresas que acrediten la realización de mejoras continuas en la calidad de sus productos y/o procesos, mediante la certificación de normas de calidad.
La nueva normativa reglamenta la implementación del Fondo para el Desarrollo y la Inversión en Manufactura Avanzada (FONDIMA) para financiar inversiones productivas relacionadas con la actividad que fomenta el régimen, siempre que sean innovadores, de calidad y fomenten las exportaciones; así como también fortalecer el sistema de científico tecnológico asociado.
El régimen también contempla la reducción del 90% de contribuciones patronales para MiPyMEs sobre el total de la nómina y del 70% para el resto aplicado a aquellos empleados que se encuentren afectados o afectadas a la fabricación de los bienes de capital.