Comienza el pago del refuerzo alimentario a hogares pobres

Es para adultos sin ingresos hasta el 7 de noviembre inclusive. Cobrarán la primera cuota de 22.500 pesos a partir del lunes 14 de noviembre.

10 de noviembre, 2022 | 11.21

Este lunes comienza el pago del refuerzo alimentario para quienes hayan sido aprobados para el Refuerzo Alimentario para adultos sin ingresos hasta el 7 de noviembre inclusive cobrarán la primera cuota de 22.500 pesos a partir del lunes 14 de noviembre, según terminación de DNI, en la cuenta bancaria declarada en el aplicativo. El gobierno nacional creó el Refuerzo Alimentario para Adultos por 45.000 pesos, destinado a "personas en situación de extrema vulnerabilidad", que será distribuido por la ANSES en dos pagos (noviembre y diciembre)..

El decreto 758, publicado por la presidencia de Alberto Fernández, estipulo la creación del Refuerzo, financiado con parte de lo obtenido por el Fondo Incremento Exportador. Según se estipuló, el monto de lo que se destinará para personas en situación de vulnerabilidad se realizará en dos pagos: $22.500 en noviembre y $22.500 en diciembre. Desde Anses se recuerda que la inscripción continúa abierta para todas las personas que aún no llegaron a completarla. "En estos casos, percibirán las cuotas de noviembre y diciembre en un solo pago de 45.000 pesos el próximo mes, siempre y cuando cumplan con los requisitos", explicaron.

Cronograma de pago según DNI

* DNI terminado en 0: 14 de noviembre

·* DNI terminado en 1: 15 de noviembre

·* DNI terminado en 2: 16 de noviembre

·*  DNI terminado en 3: 17 de noviembre

·* DNI terminado en 4: 18 de noviembre

·* DNI terminado en 5: 22 de noviembre

·* DNI terminado en 6: 23 de noviembre

·* DNI terminado en 7: 24 de noviembre

·* DNI terminado en 8: 25 de noviembre

·* DNI terminado en 9: 28 de noviembre.

Requisitos del programa

El artículo 4 del expediente establece los requisitos estipulados por el Gobierno nacional para las personas que accedan al Refuerzo Alimentario:

a. Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia -en el marco de la Ley Nº 25.871- no inferior a DOS (2) años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

b. Tener DIECIOCHO (18) años o más y no haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

c. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria;

d. Completar la solicitud, de conformidad a lo establecido en la normativa complementaria correspondiente;

El inciso estipula una serie de situaciones en la que la persona solicitante no se debe encontrar. Estas son:

i. Percibiendo ingresos formales de ningún tipo;

ii. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado;

iii. Inscripta en el RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ni en el régimen de autónomos;

iv. Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

v. Con seguro de medicina prepaga;

vi. Alcanzada por cobertura de salud, tanto para titulares como adherentes de obras sociales;

vii. Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares;

viii. Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales;

ix. Registrada como Efectora Social en el padrón informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;

x. Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.

xi. Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares; considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.