El Gobierno de Alberto Fernández ha tomado nota del gran esfuerzo que los médicos y el personal de salud vienen realizando a lo largo de la pandemia. En el difícil contexto que vive el país, con más de 35.000 casos positivos y 745 muertes registradas en las últimas 24 horas, dichos trabajadores han tenido que volver a redoblar esfuerzos para cuidar a toda la población. Por lo tanto, hoy se hizo oficial el Decreto 332/2021, que establece un bono de $6500 durante tres meses.
En el considerando del decreto, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y la ministra de Salud de la Nación Carla Vizzotti, se indicó que "la situación epidemiológica actual exige nuevamente la aplicación de esta política de incentivo, con el objeto de estimular la labor que deben desarrollar los trabajadores y las trabajadoras que prestan servicios en los diferentes establecimientos de salud, tanto en el sector público como en el privado y de la seguridad social".
Frente a este panorama en el que el personal de salud debe estar en el frente de batalla, "se propicia establecer un pago diferencial extraordinario para los trabajadores y las trabajadoras que desarrollan su actividad en los establecimientos de salud del sistema sanitario expuestos y expuestas o abocados y abocadas a la atención de casos en el marco de la pandemia, acorde las características y mecanismos que el MINISTERIO DE SALUD y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han definido".
De cuánto es el bono para el personal de salud
De acuerdo al Decreto 332/2021, "considerando el tiempo transcurrido, el esfuerzo, la dedicación y la entrega de dichos trabajadores y dichas trabajadoras, así como también la variación interanual salarial, se establece el monto de la asignación estímulo establecida por el artículo 2° del Decreto N° 315/20, en la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($6500)".
Asimismo, indicaron que "el pago de la asignación estímulo a la efectiva prestación de servicios, otorgada por el artículo 1° del Decreto Nº 315 del 26 de marzo de 2020 y por el artículo 1º del Decreto N° 787 del 4 de octubre de 2020" será "por TRES (3) períodos mensuales y consecutivos".