La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, informó que desde este jueves y hasta el 5 de febrero se habilitó el sistema para que los contribuyentes puedan realizar su recategorización en el monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo a la inflación publicado en enero.
A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente.
Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil. La recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo. El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables.
Cómo quedaron las nuevas escalas del monotributo en 2025
- Categoría A: Ingresos brutos hasta $7.813.530, con un impuesto mensual de $32.223.
- Categoría B: Hasta $11.447.730, con un pago de $36.681.
- Categoría C: Hasta $16.051.050, con una cuota de $42.954.
- Categoría D: Hasta $19.927.530, con $55.050.
- Categoría E: Hasta $23.440.590, abonando $77.951 (bienes) o $70.440 (servicios).
- Categoría F: Hasta $29.376.450, con $98.103 (bienes) o $84.535 (servicios).
- Categoría G: Hasta $35.130.600, con $149.845 (bienes) o $103.328 (servicios).
- Categoría H: Hasta $53.301.600, con $340.081 (bienes) o $206.827 (servicios).
- Categoría I: Hasta $59.661.450, con $627.030 (bienes) o $309.038 (servicios).
- Categoría J: Hasta $68.322.960, con $759.464 (bienes) o $377.873 (servicios).
- Categoría K: Hasta $82.375.200, abonando $1.050.386 (bienes) o $456.800 (servicios).
¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses?
Se realiza una proyección anual aplicando la regla de 3 simple. A modo de ejemplo, si es inicio de actividad fue de mayo 2024 a diciembre y se facturó $ 5.000.000 en total, la cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $ 7.500.000.
¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977), los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de julio a diciembre y para la próxima, los índices de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?
- Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modicaron los parámetros de la categoría actual.
- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de febrero estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar. El pago de las cuotas puede realizarse desde un Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.