RIGI: la norma de la Ley Ómnibus que estimula el saqueo

El Gobierno realizó profundos cambios normativos, institucionales, y socio-económicos mediante un DNU de 366 artículos y la Ley Ómnibus.

04 de febrero, 2024 | 00.05

El argumento no es nuevo y las medidas, podría decirse, tampoco. Bajo la consigna de la falta de “reglas claras”, el gobierno libertario de Javier Milei lanzó un programa con incentivos de distinta índole para que las grandes empresas que inviertan en el país en sectores clave tengan su rentabilidad asegurada a perpetuidad. En el anexo del proyecto de “Ley Bases y Puntos de Partida Para la Libertad de Los Argentinos” se encuentra un verdadero estatuto legal de coloniaje para beneficiar a las corporaciones: el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).

El RIGI es un régimen de inversión pensado para atraer grandes proyectos de inversión en los sectores económicos más importantes de nuestro país: Agroindustria; Infraestructura; Forestal; Minería; Gas y Petróleo y Energía y Tecnología. El período de inscripción dura dos años, prorrogable por dos años más por decisión del Ejecutivo. Una primera mirada da cuenta de que son sectores donde el país ya cuenta con ventajas competitivas para atraer inversiones sin necesidad de semejante loteo del negocio ni de tantas concesiones.

Bajo este esquema “se otorgará a los titulares y/u operadores de grandes inversiones en proyectos nuevos o ampliaciones de existentes que adhieran a dicho régimen, los incentivos, la certidumbre, la seguridad jurídica y la protección eficientes de los derechos adquiridos a su amparo”. Se trata de una herramienta financiera y tributaria clave, que podrá ser utilizada para los titulares de los proyectos y minas en operación como una forma de entregar “certidumbre, seguridad jurídica y protección eficientes de los derechos adquiridos a su amparo”, según el artículo 641 que instaura la creación de ese régimen que se aplicará en todo el país.

A quienes apunta el RIGI

“Los sectores beneficiados son solamente aquellos donde Argentina ya posee ventajas comparativas, abundancia de recursos y medidas de incentivo específicamente creada para esos sectores. Los alcanzados serán grandes empresas extranjeras como los grandes contratistas del Estado en sectores como la energía. En este sentido, el RIGI viene a profundizar una estructura productiva primarizada, concentrada y extranjerizada”, señala un informe de Ocipex.

El objetivo, según expresa el régimen incluido en el anexo, es “generar de inmediato condiciones de previsibilidad y estabilidad para atraer inversiones y que las mismas se concreten mediante el adelantamiento temporal de las soluciones macroeconómicas de inversión sin las cuales determinadas industrias no podrían desarrollarse.

Entre los incentivos que introduce el régimen se destacan la reducción del impuesto a las ganancias del 35 al 25 por ciento no resultando de aplicación sobre sus utilidades la escala prevista en el inciso a) del artículo 73 de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias; la suspensión del impuesto a los dividendos distribuidos si se retienen utilidades en los primeros tres años, la cancelación del IVA con certificados de crédito fiscal, el descuento de bienes personales a cuenta de ganancias, la exención de cualquier otro impuesto provincial o municipal, arancel cero para importaciones, retenciones cero desde el tercer año, libre disponibilidad de divisas y estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria por 30 años.

Las empresas tendrán la posibilidad de comprar acciones o instalaciones de empresas existentes privadas y públicas (como ARSAT, YPF o ENARSA) y la libre exportación de lo producido en nuestro territorio y eliminación de cupos de abastecimiento del mercado interno. Tendrán libre disponibilidad de divisas generadas y no podrán recibir restricciones del mercado de cambios. Las controversias que surjan entre el Estado argentino y estas empresas serán solucionadas en tribunales extranjeros, como el CIADI.

“Debido a los sectores y disposiciones incluidas en el RIGI se puede destacar que la industrialización no es un objetivo. Cabe señalar que el RIGI no contiene medidas específicas que apunten a tres elementos claves para el desarrollo del aparato productivo en un mediano y largo plazo: a) requerimientos de inversión en I+D (Investigación y Desarrollo) con transferencia de tecnología; b) la búsqueda de construcción de encadenamientos productivos y proveedores locales; c) ni se contiene ningún tipo de mención a la creación de empleo calificado y bien remunerado”, señala el informe de Ocipex.

La medida hace mención a “grandes inversiones”, ejecutados a través de la figura de “Vehículos de Proyecto Único” (VPU) y cuyos montos mínimos de inversión serán establecidos por la reglamentación en cada uno de sus sectores. Serán considerados VPU a las sociedades anónimas –incluidas las sociedades anónimas unipersonales y las sociedades de responsabilidad limitada—; Las sucursales establecidas por sociedades constituidas en el extranjero; las sucursales de sociedades dedicadas constituidas en el extranjero y las uniones transitorias y otros contratos asociativos.

Costo de los incentivos

Teniendo en cuenta que en el Presupuesto 2023 los gastos tributarios y los beneficios impositivos equivalen al 25,6 por ciento de la recaudación total de impuestos y representan un déficit recaudatorio de 4,7 puntos porcentuales del PBI, el RIGI se contrapone con el objetivo de déficit cero que plantea el gobierno de Milei.

“El RIGI al permitir la adquisición de cuotas, acciones y/o participaciones societarias de hasta un 15 por ciento, alentará una nueva etapa de concentración y extranjerización del capital, tal como ha ocurrido en anteriores ciclos neoliberales. En los 90, una porción importante del flujo de inversiones que ingresaron se destinó a la compra de la capacidad productiva instalada de empresas públicas o privadas sin un necesario aporte de capital o de nuevas inversiones”, recuerda el informe de Ocipex. El proceso tuvo un fuerte sesgo desindustrializador, especulativo, extranjerizante, reprimarizante y llevó a un profundo deterioro de nuestro tejido productivo.

Otro riesgo que se plantea a partir de este esquema es que los sectores más concentrados del empresariado local e internacional podrán recibir subsidios por parte del Estado para hacerse de empresas ya existentes. “Un elemento llamativo surge de que el RIGI no proscribe su aplicación al caso de privatizaciones parciales o totales, así que el Estado podría terminar subsidiando los procesos de venta de sus activos que puedan ser comprendidos dentro del programa”, explican.

Por su parte, los beneficios en términos de Comercio Exterior afectarán directamente al mercado interno en la medida en que las empresas favorezcan una inserción meramente extractivista, ya que la producción no podrá ser sujetas a cupos de exportación que garanticen el abastecimiento interno. Esto directamente quita dos instrumentos esenciales para la política fiscal, de precios y de desarrollo: se perderían ingresos fiscales de sectores altamente competitivos, no se podría desacoplar los precios locales del internacional y no hay contemplados cláusulas que garanticen el desarrollo de proveedores locales, dado que el proyecto no incluye ninguna cláusula de transferencia tecnológica o compre nacional.

El régimen también prohíbe la creación de nuevos tributos o incremento de alícuotas a fin de incrementar la carga tributaria del VPU adherido al RIGI mediante la imposición o aumento de tributos provinciales y/o municipales, con estabilidad por 30 años. Directamente ata de pies y manos a todos los niveles estatales para establecer tributos, más allá de que cambie la situación y las necesidades nacionales.

La necesidad de medidas

Pese a que se insistan en la necesidad de incentivos, en el período con más alto nivel de Inversión Extranjera Directa fue durante el segundo gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, donde el promedio fue de 14.255 millones de dólares anuales. “El desempeño superó a los dos gobiernos anteriores, así como también fue superior al gobierno de Mauricio Macri, que tomó un conjunto de medidas para atraer una ‘lluvia de inversiones’, que jamás fue tal”, según datos de la CEPAL.

El último documento de la CEPAL sobre IED plantea que, “aunque los incentivos fiscales pueden tener cierta influencia en las decisiones de inversión, no son suficientes para atraer inversiones”. “En general, se necesitan conjuntos de instrumentos diversificados que complementen los incentivos fiscales, reduciendo los riesgos vinculados a las inversiones. Entre otros factores, contar con infraestructura, capacidades productivas, personal calificado y un conjunto de actividades complementarias a lo largo de la cadena de valor”, destaca el informe del organismo.

En conclusión, el objetivo del RIGI no es garantizar la competencia y la inversión productiva, sino legalizar el saqueo irrestricto de las grandes corporaciones en detrimento de los intereses nacionales y el desarrollo productivo e industrial argentino.

“En síntesis, el RIGI no es una política industrial de desarrollo seria, estructurada en un mediano y largo plazo, cuyo fin sea el real desarrollo productivo de la Argentina, impulsando una estructura productiva diversificada, con valor agregado incorporado, eslabones de la cadena productiva locales desarrollados, incorporación de tecnología y mejora de las capacidades en términos de I+D, con capacidad de mejorar la inserción de nuestra economía en la economía regional y mundial, de proveer más y mejor empleo calificado”, concluye el informe de Ocipex.

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