La AFIP reglamentan cambios en las escalas del monotributo

La normativa introduce un conjunto de modificaciones y beneficios fiscales que armonizan la transición hacia el régimen general.

01 de junio, 2021 | 16.34

La AFIP reglamentó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, una ley que alcanza a los más de cuatro millones de monotributistas. La normativa introduce un conjunto de modificaciones y beneficios fiscales que armonizan la transición hacia el régimen general (autónomos), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.

La resolución instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por las y los monotributistas, que tendrán efectos a partir del período enero de 2021. De acuerdo a lo establecido por la ley, el organismo llevó adelante una categorización retroactiva de pequeños contribuyentes.

“La nueva ley es una herramienta fundamental para restablecer la equidad y la promoción de un régimen de inclusión tributaria y financiera”, destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. En ese sentido, la funcionaria agregó: “La norma estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios. Se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”.

Cuáles son los cambios en el monotributo

Los cambios reglamentados por la AFIP benefician a todos los monotributistas ya que establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general. La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

Los beneficios previstos en la normativa también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen

Categorización retroactiva

De acuerdo a lo establecido por la ley, el organismo llevó adelante una categorización retroactiva de pequeños contribuyentes. El procedimiento refleja la categoría que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021.

Diferencias y pago

Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.

Financiamiento

Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través de un plan de facilidades de pago.