El proyecto para aplicar un impuesto extraordinario a grandes empresas bajo el lema de "renta inesperada" recogió críticas desde la oposición y parte del establishment económico, quienes argumentan una presión fiscal que "asfixia" a la economía. Sin embargo, los fríos datos muestran otra realidad: La evasión en un sistema regresivo es una de las características del esquema impositivo argentino.
El proyecto de crear un nuevo impuesto a la “renta inesperada” tuvo la codena por parte de las empresas grandes. Tras el anuncio hecho por el ministro de Economía, Martín Guzmán, desde Juntos por el Cambio anticiparon que no acompañarían la idea. En tanto, la Asociación Empresaria Argentina (AEA) también criticó el gravamen que el Gobierno crearía para financiar los bonos que se entregarán en abril y mayo. El espíritu apuntaría al cobro de un impuesto a las empresas que cumplan dos requisitos: que tengan ganancias mayores a $ 1.000 millones anuales y que hayan “aumentado de forma significativa” en 2022. En caso de reinvertir el capital en mejorar la producción, la alícuota dispuesta se reduciría a modo de "premio".
"La creación de nuevos impuestos -como el recientemente anunciado 'impuesto a la renta inesperada'- va en la dirección opuesta a lo señalado. En Argentina ya están en vigencia 165 impuestos y la carga tributaria sobre el sector formal de la economía es muy elevada y ha crecido fuertemente en los últimos 20 años, superando holgadamente el promedio de la región. Con menos impuestos generaremos más inversiones y empleo”, señalaron en un comunicado.
Quién paga los impuestos en Argentina
De acuerdo al Centro Estratégico Latinoamericano de Geopolítica (Celag), a pesar de todo lo que se publica, el nivel de recaudación en Argentina está por debajo de los estándares internacionales. La presión fiscal se ubica en torno al 30% del PIB, mientras que el promedio de los países de la OCDE es del 34,3%.
En Argentina, la tasa legal del impuesto que tienen que pagar las empresas difiere significativamente de la tasa efectiva, que realmente pagan. A modo de ejemplo, la tasa legal era en 2018 del 30 %, pero a la hora de la verdad, el tipo impositivo efectivo sobre sus beneficios fue del 7,8 %. Se estima en que se deja de pagar en impuestos el equivalente a un 2,74 % del PIB gracias a la elusión.
El sistema tributario bien podría recaudar más y con más justicia fiscal sin necesidad de aplicar más impuestos. Bastaría con simplificar y reordenar la matriz impositiva y, por otro lado, aplicar reformas específicas orientadas a detener la evasión y la elusión.
De hecho, en un contexto en el que en Argentina se requiere aumentar el presupuesto destinado a la inversión social y a la vez que disminuir el déficit fiscal, incrementar luce como el único camino viable bajo una prédica progresiva. Es decir, quien más ostenta, más pague.
Qué alternativas existen
En relación a una hipotética modificación del sistema impositivo, la Celag apuntó una serie de posibles reformas para cambiar el rumbo en este sentido.
1-Eliminar exención del impuesto a las ganancias a los ingresos de magistrados y funcionarios de los poderes judiciales nacional y provinciales.
En 2021, esta exención sumó 41.285 millones de pesos (0,11 % del PIB o 4,15 % del total del gasto tributario). Si se aplica ese 0,11 % al PIB proyectado para 2022 en el Proyecto de Ley de Presupuesto, el monto de la exención sería de 65.774 millones de pesos, equivalentes al 10 % del presupuesto proyectado para atender la salud pública, el 35 % del gasto proyectado para financiar ciencia y técnica, el 115 % del presupuesto para el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o más de seis veces el presupuesto para el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad.
2- Sobretasa al impuesto a las ganancias extraordinarias de los bancos
El sector bancario argentino es el más rentable de América Latina. Si se aplica al sector una sobretasa a las ganancias extraordinarias como la que existe en Bolivia (25 % adicional en el caso de que el ROE sea mayor al 6 %), la recaudación anual adicional sería de entre 1000 y 1700 millones de dólares adicionales por año (0,2 % a 0,3 % del PIB proyectado para 2022).
3-Bienes personales: actualizar las valuaciones fiscales de los inmuebles y eliminar la exención de los inmuebles rurales
Las valuaciones fiscales de los inmuebles urbanos utilizadas para calcular la base imponible del impuesto a los Bienes Personales rondan entre el 5 % y 7 % del valor de mercado. Si se aplica a nivel nacional la actualización de valuaciones realizada en la Ciudad de Buenos Aires, la recaudación podría aumentar en un 0,6 % del PIB para 2024, a partir de una mayor recaudación sobre las propiedades de alto valor.
Además, los inmuebles rurales cuyos titulares sean personas humanas y sucesiones indivisas, cualquiera sea su destino o afectación, están exentos del impuesto (actualmente no aplica el impuesto a la ganancia mínima presunta, por lo que la doble imposición ya no opera). Sin embargo, en la propiedad rural hay una alta concentración de riqueza que, además, se valorizó fuertemente en los últimos años.
Por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, entre 1999 y 2019, estos inmuebles se valorizaron un 300 % y en la provincia de Córdoba, entre 2003 y 2015, se valorizaron el 1740 %. Los inmuebles rurales de alto valor deberían incluirse en la base imponible del impuesto.
MÁS INFO
4- Impuesto mínimo a empresas multinacionales
En 2019 la tasa legal del impuesto a las ganancias de sociedades era del 30 %; sin embargo, la tasa efectiva era del 4,1 %. Además, la evasión del impuesto a la renta de sociedades equivale al 49,7 % de la recaudación del impuesto.
Si se logra aumentar la tasa efectiva al 10 %, la recaudación adicional anual sería de 1.277.211 millones de pesos (2,1 % del PIB proyectado 2022). Esto permitiría inclusive disminuir la tasa legal porque el problema está en la efectiva.
En el caso de que se aplicase un impuesto mínimo del 15% a empresas multinacionales que actualmente no tributan en el país, aunque parte de su actividad económica ocurre en Argentina, se podría recaudar entre un 0,1 % y 0,4 % del PIB (35.507 a 124.275 millones de pesos adicionales, según PIB proyectado 2022).
5- Nuevo enfoque de las reglas fiscales
Las reglas fiscales, que generalmente están diseñadas para limitar los gastos sociales podrían diseñarse de modo que, por medio de mecanismos automáticos, aseguren el aporte de quienes más riquezas tienen para financiar la garantía de derechos. Por ejemplo:
- Cuando los presupuestos destinados a Salud y Educación no alcancen el 4 % del PIB o muestren incrementos anuales menores al 0,25 % del PIB, el Gobierno cobrará automáticamente un impuesto extraordinario a las grandes fortunas. La regla se suspende cuando los presupuestos alcancen el 6 % del PIB. La aplicación de este aporte extraordinario permitió recaudar cerca del 0,5 % del PIB.
- El gasto tributario generado por subsidios y beneficios otorgados a los grandes grupos económicos no puede superar el 1 % del PIB.