El Gobierno marcó el martes dos hitos en su camino hacia la normalización financiera del país. Por un lado, el acuerdo con los grandes acreedores externos por la deuda bajo legislación internacional y, en simultáneo --y algo opacado por la primera noticia-- la aprobación en el Congreso de una oferta en igualdad de condiciones para los bonistas locales. Por primera vez se rompe la tradición de relegar a los bonistas locales respecto de los grandes fondos de inversión internacionales, dada la diferente capacidad de daño que puede hacer uno u otro grupo. Pero es también un paso esencial para llevar adelante el principal anhelo del equipo económico que comanda el ministro Martín Guzmán, lograr financiarse en el mercado local con mayor comodidad y así reducir el peso de la deuda en moneda extranjera sobre el total de pasivos del país.
No pudo dejar de mencionarlo en la conferencia de prensa, pese a que el tema central había sido el acuerdo con los gigantes de Wall Street, que se habían cartelizado para imponerse ante la Argentina. "Decidimos cuidar nuestra propia ley", afirmó Guzmán el histórico martes por la noche, al hablar del tratamiento igualitario que se le dará a los tenedores de bonos bajo legislación nacional. Horas antes, la Cámara de Diputados había convertido en ley el proyecto que propone la reestructuración de la deuda bajo legislación argentina. Se cumplían así dos de los tres pasos fundamentales hacia la sostenibilidad de la deuda. Ahora resta llegar a un acuerdo con el Fondo Monetario.
"La propuesta se alinea con la oferta de reestructuración de títulos emitidos bajo ley extranjera, incorporando incluso opciones en pesos para determinados instrumentos elegibles, con lo que también preserva los objetivos de sostenibilidad de la deuda pública aliviando las restricciones de mediano y largo plazo devenidas de la actual carga de la deuda", resalta el proyecto convertido en ley.
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La oferta, traducida para los bonistas bajo ley argentina, implica duplicar la vida promedio de la deuda de cinco a diez años y reducir los intereses en dólares de un promedio actual de 7,58 por ciento anual a un 2,39 por ciento. Según señaló el presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, Carlos Heller, “los pagos que la Argentina tendría que hacer hoy serían (equivalentes) 32.400 millones de pesos entre el 2020 y 2024, y ese número se vería reducido a 2.52 millones”. Entre 2020 y 2029 se alcanzaría en conjunto un alivio financiero de 58 mil millones de dólares.
La ley de restauración de la sostenibilidad de la deuda emitida bajo ley argentina establece un tratamiento similar a la oferta realizada a los acreedores bajo ley extranjera. Se trata de títulos públicos por un monto de 41.714 millones de dólares. Según la ley aprobada, se crean cuatro series de títulos en dólares con vencimientos en 2030, 2035, 2038 y 2041. Se suman dos series en pesos ajustables por CER más dos puntos porcentuales y vencimientos en 2026 y 2028,
Los tenedores no recibirán ningún pago en efectivo por los intereses acumulados y no pagados de los títulos elegibles, ofreciéndose como contraprestación en la forma de bonos al 1 por ciento anual y vencimiento en 2030. El volumen a emitir para cada bono será de hasta 22.609 millones de dólares para el Bono USD 2030; de 35.663 millones para el Bono USD 2035; 7254 millones en Bono USD 2038; 44.217 millones el Bono USD 2041 y 2325 millones el Bono USD 1% . También se limita a 578.975 millones de pesos los BONCER 2026 2,00% y en 1,7 billones de pesos a los BONCER 2028 2,25%.
La fecha de emisión será el 4 de septiembre, con amortización se efectuará en doce cuotas semestrales iguales el 4 de marzo y 4 de septiembre de cada año, con la primera cuota el 4 de marzo de 2025 y la última cuota el 4 de septiembre de 2030. En el caso de la deuda bajo legislación extranjera los plazos se cambiaron a enero y julio.
De acuerdo a la norma, los tenedores de títulos elegibles que no adhieran a la invitación a canjear continuarán con sus pagos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2021. Será el Ministerio de Economía el que tendrá las facultades para realizar los actos y/o contrataciones necesarios tendientes al cumplimiento de la ley, como así también para dictar toda norma complementaria y de implementación. La ley también indica que el Poder Ejecutivo deberá remitir al Congreso un informe con los resultados de la operación de canje, dentro de los 90 días de liquidada la operación.