En una jornada volátil para el mercado financiero, el dólar blue aumentó cinco pesos y cerró a $ 291. De esta manera, la brecha entre el tipo de cambio oficial y el ilegal que se transa en las cuevas clandestinas se ubicó en el 95% promedio.
Según fuentes del mercado, el volumen operado en el segmento de contado fue de US$ 627,106 millones, en futuros MAE US$ 290,90 millones y en el Rofex US$ 960 millones. Las operatorias vía dólar soja aportaron US$ 412,433 millones.
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En el segmento bursátil, el dólar contado con liquidación (CCL) baja a $ 303,66, un 0,8%. Por su parte, el MEP baja a los $ 293,02, un 1,8%.
Por su parte, el dólar mayorista cerró a $ 146,57 por unidad, 33 centavos arriba del cierre de ayer. Así, el dólar solidario o ahorro, con el recargo de 30% -contemplado en el impuesto PAÍS- y con el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35% sobre la compra de divisas, cotizó a $ 268,29.
Dólar soja: establecen "pautas operativas" para la liquidación
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca dispuso una serie de pautas operativas para mejorar las condiciones de liquidación de granos y registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) para quienes hayan accedido al Programa de Incremento Exportador, conocido como "dólar soja", cuya finalización tendrá lugar el viernes 30 de septiembre.
Agricultura estableció que las liquidaciones primarias y secundarias de granos cuya fecha de "fijación de la operación" esté comprendida entre el 5 y el 30 de septiembre, se encuentran alcanzadas dentro del Programa de Incremento Exportador "en la medida que la fecha de emisión de las citadas liquidaciones no sea posterior al 2 de octubre de 2022".
Las DJVE "podrán ser registradas hasta las 11 horas del día 3 de octubre de 2022, debiendo cancelarse los derechos respectivos hasta 48 horas posteriores a dicha fecha", agregó la resolución. Asimismo, la liquidación de divisas correspondiente al pago de esas operaciones "podrán ser concertadas hasta las 15 horas del día 30 de septiembre de 2022".
Por último, la medida indica que los permisos de embarque de una serie de productos detallados en el anexo 1 del decreto que estableció el programa "contarán con una prórroga de 60 días contados desde el vencimiento del período inicial de 30 días".