La vicepresidenta Cristina Kirchner convocó para el próximo miércoles a una sesión especial del Senado para debatir la sanción de la ley de reforma del impuesto a los Bienes Personales, recientemente aprobada por la Cámara de Diputados. Mediante un decreto difundido esta tarde, la presidenta del Senado citó a los legisladores para el miércoles a las 15, en la que será la última sesión del año.
Los senadores discutirán el dictamen aprobado la semana pasada por la comisión de Presupuesto del Senado y con media sanción de la Cámara baja. El texto recibió el aval del bloque del Frente de Todos pero fue rechazado por el interbloque de Juntos por el Cambio, que adelantó que emitirá un dictamen en minoría, en desacuerdo con las facultades delegadas al Poder Ejecutivo.
La iniciativa -aprobada por unanimidad el 28 de octubre último en el Senado- fue modificada por el oficialismo la semana pasada en la Cámara baja, en una votación ajustada en la que obtuvo 127 votos contra 126 de la oposición. Debido a eso, ahora retorna a la Cámara alta en "segunda revisión", por lo que los senadores deberán expedirse a favor o en contra del proyecto enviado por Diputados.
Qué dice el proyecto y quién pagará en 2022
- El proyecto de suba del mínimo no imponible de Bienes Personales eleva el mínimo no imponible de los $ 2 millones actuales a $6 millones.
- Determina un aumento de la alícuota del 1,25% al 1,50% para los patrimonios superiores a los $100 millones.
- Mantiene en $ 18 millones el mínimo no imponible para inmuebles destinados a casa habitación.
- Prevé una actualización anual y automática mediante el Índice de Precios al Consumidor Nivel General del mínimo no imponible vigente para el conjunto de los bienes (no para el mínimo especial para casa habitación) y para los tramos de la escala de alícuotas.
- Mantiene la alícuota del 2,25% sobre los bienes en el exterior.
Qué es Impuesto a los Bienes Personales
El Impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre los bienes, en el país y en el exterior, al 31 de diciembre de cada año. Cuando la valuación total de los bienes supera los $ 2 millones, hay que inscribirse en el impuesto y presentar una declaración jurada. Están exentos los inmuebles destinados a vivienda familiar (casa-habitación) con una valuación inferior a $ 18 millones, los depósitos (en pesos y dólares) en cajas de ahorros y en plazo fijo y los títulos y bonos locales.