Imputaron a Havanna por publicidad engañosa en redes sociales

La firma realizó publicaciones en las que ofrecía una caja navideña con productos de la marca. Pasadas más de dos horas, expresó que se trataba de un engaño en conmemoración del Día de los Inocentes. Comercio Interior 

28 de diciembre, 2021 | 21.57

La Secretaría de Comercio Interior de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, imputó administrativamente a la empresa Havanna por presunta publicidad engañosa e incumplimiento de oferta en sus cuentas verificadas de redes sociales. Cientos de usuarios criticaron a la compañía por haber hecho una broma en el "Día de los Inocentes".

La firma realizó publicaciones en las que ofrecía una caja navideña con productos de la marca a todos aquellos que compartieran su número de CUIL y posteriormente, pasadas más de dos horas, expresó que se trataba de un engaño en conmemoración del Día de los Inocentes. De esta manera, Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (N°24.240), ya que la publicidad en su conjunto contiene información falsa sobre el ofrecimiento de productos y no cumple el deber de brindar información cierta, clara y detallada.

Por otro parte, estas publicaciones también infringirían el artículo 7° de la Ley 24.240 que prevé las condiciones en las que se tiene que establecer una oferta o promoción. En ningún momento se establecen las bases de la promoción ofrecida por Havanna y no presenta fecha de inicio ni de finalización de la misma, como obliga la ley.

Finalmente, el artículo 4° de la Ley 24.240 también contempla como información que debe brindarse lo establecido por el artículo 6° de la Ley 24.788 de Lucha contra el Alcoholismo que determina que en cualquier publicidad que contenga bebidas alcohólicas tiene que tener visible la leyenda "Beber con moderación. Prohibida su venta a menores de 18 años". En este caso no se cumpliría tampoco con el deber de brindar información ya que se muestran bebidas alcohólicas y no figura la leyenda correspondiente.

La empresa tiene cinco días hábiles para ofrecer su descargo frente a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo y posteriormente continuará el proceso administrativo para determinar si corresponden sanciones.