El Gobierno misionero anunció la entrada en vigencia del decreto 636/22 que fija los mecanismos para la implementación de la denominada "ventana jubilatoria y moratoria provisional" para los agentes de la administración pública provincial y municipal que desean jubilarse.
La medida fue anticipada por el gobernador Oscar Herrera Ahuad en la apertura de sesiones legislativas provinciales y contempla a empleados que cumplan con 30 años o más de aportes en la administración pública.
En el día de la fecha firmé el decreto 636/22, donde se instruyen los mecanismos para la ventana jubilatoria y moratoria provisional a los agentes de la administración pública provincial y municipal tal lo comprometido el 01/05/22, indicó el mandatario a través de su cuenta en la red social Twitter.
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La ventana jubilatoria permite que los trabajadores que cumplan los requisitos de edad y años de servicio pueden jubilarse con el 75% de los haberes en actividad al mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación, aseguró.
Este 75% es si tiene 30 años de servicio y se agrega 1% más por cada año de servicio adicional hasta llegar al 82% del sueldo neto en actividad (con 37 años de servicio se jubilará con el 82% del sueldo neto en actividad), agregó Ahuad.
Además, remarcó que la moratoria previsional es para aquellos trabajadores que tengan cumplida la edad de 60 años en el caso de las mujeres y 65 años de edad los varones; y acreditados 20 años de servicios con aportes al Instituto de Previsión Social de Misiones.
Percibirán el 75% de su haber neto del mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación, y deberán hacer los aportes y contribuciones de los años que le faltan, que se le descontarán de la jubilación otorgada, señaló, al tiempo que precisó que en el caso de la ventana, el IPS le presentará al interesado los haberes calculados por el régimen de la ventana o el régimen normal para que opte por cual le conviene.
Finalmente detalló que en ambos regímenes queda excluido el personal de seguridad pues tienen su propio régimen de retiro.
Quienes sí quedan incluidos son los trabajadores municipales de las comunas que adhieran a la norma provincial.
Con información de Télam